Prohiben vacunar contra la aftosa en la Patagonia Norte

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El Senasa prohibió la vacunación contra la aftosa en la Zona Patagónica Norte A, por el cambio de estatus sanitario de la región, que la semana pasada se declaró libre de dicha enfermedad sin vacunación.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) dispuso la prohibición de la vacunación antiaftosa en la Zona Patagónica Norte A por el cambio de estatus sanitario de la región, de zona libre de la enfermedad «con vacunación» a zona libre «sin vacunación».

Además de prohibir la vacunación, la resolución 82/2013, publicada hoy en el Boletín Oficial, con la firma del titular del Senasa, Marcelo Miguez, también veda el uso o tenencia y manejo de vacuna antiaftosa en todo el territorio de la Zona Libre sin vacunación.

La Zona Patagonia Norte A comprende el área de la provincia de Río Negro delimitada al norte por el Río Colorado, al oeste por la provincia del Neuquén; al este por la provincia de Buenos Aires y al sur por el Río Negro.

En la provincia de Buenos Aires, el partido de Patagones; y en la provincia del Neuquén, el área delimitada desde Picún-Leufú hasta Cutral-Có, desde Cutral-Có hasta Añelo, el cruce de las rutas provinciales 7 y 8 -Puente Dique Ballester, Puente Centenario-Cinco Saltos, Puente Neuquén, Puente Las Perlas sobre el Río Limay.

La norma determina, además, que se establecerán puestos de control con facultades para realizar controles documentales, físicos y de identidad, con inspección de cargas, equipajes y transportes (procediendo al decomiso y destrucción de productos no autorizados), así como la desinfección de medios de transporte que ingresen a la región.

Se permite el ingreso a la región de animales susceptibles a la fiebre aftosa que provengan de países o zonas libres de fiebre aftosa que no practican la vacunación, reconocidos por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) y por el Senasa.

Se autorizarán los movimientos de animales susceptibles a la fiebre aftosa de aquellos establecimientos agropecuarios inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa), que hayan cumplimentado todos los requisitos sanitarios y que no se encuentren ubicados en áreas con restricciones sanitarias, entre otras medidas.

Fuente: Presidencia de la Nación