UE: Paquete de procedimientos de infracción de febrero: principales decisiones (Bruselas, 21 de febrero de 2013)

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En su paquete mensual de decisiones sobre procedimientos de infracción, la Comisión Europea ha emprendido acciones jurídicas contra diversos Estados miembros por no haber cumplido adecuadamente las obligaciones que les incumben en virtud del Derecho de la UE. Estas decisiones, que abarcan numerosos sectores, pretenden garantizar la correcta aplicación de la legislación de la UE en beneficio de los ciudadanos y de las empresas.

La Comisión ha adoptado hoy 151 decisiones, incluidos 15 dictámenes motivados y 13 recursos ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que en dos casos incluyen multas. A continuación se resumen las principales decisiones.

Para más información sobre el procedimiento de infracción, véase la nota MEMO/12/12.

  1. Recursos ante el Tribunal de Justicia con multas
  • Medio ambiente: la Comisión vuelve a demandar a GRECIA ante el Tribunal por sus vertederos ilegales y pide multas

La Comisión Europea ha demandado de nuevo a Grecia ante el Tribunal de Justicia por no haber aplicado una resolución sobre vertederos ilegales. En 2005 el Tribunal había fallado que Grecia no estaba adoptando medidas suficientes para el cierre y rehabilitación de vertederos ilegales, que funcionaban a centenares en ese país. Ocho años después, y a la vista de la falta de avances desde la sentencia, la Comisión vuelve a remitir el asunto al Tribunal y, con arreglo a la política establecida, sugiere una multa coercitiva diaria de 71 193 EUR por cada día que transcurra desde la segunda decisión del Tribunal hasta que Grecia cumpla la sentencia y una suma a tanto alzado calculada sobre la base de 7 786 EUR diarios por el periodo entre la primera sentencia y la fecha de cumplimiento o la fecha de la segunda decisión del Tribunal.

(Más información: IP/13/143 – J. Hennon – Tel. +32 229 53593 – Móvil +32 498 95 3593)

  • Medio ambiente: la Comisión vuelve a demandar a SUECIA ante el Tribunal por no otorgar permisos industriales y pide multas

La Comisión Europea ha vuelto a denunciar a Suecia ante el Tribunal por no haber otorgado permisos a instalaciones industriales en funcionamiento que carecen de ellos. A pesar de una sentencia anterior a este respecto, Suecia todavía no ha concedido licencias a dos grandes instalaciones industriales. Por recomendación de Janez Potočnik, Comisario de medio ambiente, la Comisión vuelve a demandar a Suecia ante el Tribunal de Justicia y, con arreglo a la política establecida, sugiere una multa coercitiva diaria de 14 912 EUR por cada día que transcurra desde la segunda decisión del Tribunal hasta que Suecia cumpla la sentencia y una suma a tanto alzado calculada sobre la base de 4 893 EUR diarios por el periodo entre la primera sentencia y la fecha de cumplimiento o la fecha de la segunda decisión del Tribunal.

(Más información: IP/13/145 – J. Hennon – Tel. +32 229 53593 – Móvil +32 498 95 3593)

  1. Otros recursos ante el Tribunal de Justicia
  • Transporte por carretera: la Comisión demanda a AUSTRIA, FINLANDIA y POLONIA ante el Tribunal por no aplicar a los conductores autónomos las normas de la UE sobre el tiempo de trabajo

La Comisión Europea ha decidido hoy demandar a Austria, Finlandia y Polonia ante el Tribunal de Justicia por no aplicar a los conductores autónomos las normas de la UE sobre el tiempo de trabajo (Directiva 2002/15/CE). Han transcurrido más de dos años desde que la Comisión pidiera a las autoridades de todos los Estados miembros la notificación de las medidas adoptadas para garantizar el pleno cumplimiento de la legislación en vigor. Estos tres Estados miembros todavía no han comunicado sus medidas nacionales de transposición para dar pleno cumplimiento a la Directiva.

(Más información: IP/13/142 – H. Kearns – Tel. +32 229 87638 – Móvil +32 498 98 7638)

  • Fiscalidad: la Comisión demanda a FRANCIA y a LUXEMBURGO ante el Tribunal en relación con el tipo reducido del IVA aplicado a los libros digitales

La Comisión Europea ha decidido demandar a Francia y a Luxemburgo ante el Tribunal de Justicia por la aplicación de un tipo reducido del IVA a los libros digitales. La legislación de la Unión Europea es muy clara en lo que respecta a los bienes y servicios que pueden beneficiarse de un tipo reducido del IVA. El suministro de libros digitales es un servicio prestado por vía electrónica y este tipo de servicios están excluidos de la aplicación de un tipo reducido.

(Más información: IP/13/137 – E. Traynor – Tel. +32 229 21548 – Móvil +32 498 98 3871

  • Fiscalidad: la Comisión demanda a BÉLGICA ante el Tribunal en relación con una reducción fiscal discriminatoria favorable a los residentes fiscales en Valonia

La Comisión Europea ha decidido hoy demandar a Bélgica ante el Tribunal de Justicia por sus normas fiscales discriminatorias en Valonia.

En virtud del decreto valón de 3 de abril de 2009, el impuesto sobre la renta de las personas físicas puede reducirse al adquirir acciones o bonos del fondo de inversión de Valonia. Ahora bien, esta reducción se aplica exclusivamente a los residentes en Valonia. La Comisión es de la opinión de que excluir de esta reducción a los no residentes que obtienen sus ingresos en Valonia es discriminatorio y restringe la libre circulación de los trabajadores que contemplan los Tratados de la UE. En noviembre de 2011 la Comisión Europea remitió un dictamen motivado a Bélgica instando oficialmente a las autoridades de ese país a modificar su legislación (ver IP/12/281). Al no haberse producido reacción alguna por parte de las autoridades belgas, la Comisión Europea ha decidido llevar este asunto ante el Tribunal.

(Más información: IP/13/136 – E. Traynor – Tel. +32 229 21548 – Móvil +32 498 98 3871

  • Fiscalidad: la Comisión demanda a HUNGRÍA ante el Tribunal por la exención fiscal a un destilado de fruta («pálinka»)

La Comisión Europea ha decidido hoy demandar a Hungría ante el Tribunal de Justicia por la exención de los impuestos especiales concedida a la producción de destilado de fruta («pálinka»). Hungría otorga la exención de los impuestos especiales cuando el aguardiente se produce en casa o en destilerías para uso personal, hasta un máximo de 50 litros al año.

(Más información: IP/13/138 – E. Traynor – Tel. +32 229 21548 – Móvil +32 498 98 3871

  • Pensiones: la Comisión demanda a los PAÍSES BAJOS ante el Tribunal por discriminar a los pensionistas en el extranjero

La Comisión Europea ha demandado a los Países Bajos ante el Tribunal de Justicia por no haber comunicado sus medidas para evitar la discriminación que sufren los pensionistas que viven en el extranjero a la hora de percibir una prestación para contribuyentes de edad avanzada. Esta situación se deriva de una condición discriminatoria que impone el Derecho neerlandés para acceder al subsidio de poder adquisitivo destinado a contribuyentes de edad avanzada (koopkrachttegemoetkoming oudere belastingplichtigen).

(Más información: IP/13/140 – J. Todd – Tel. +32 229 94107 – Móvil +32 498 99 4107)

  • Medio ambiente: la Comisión demanda a POLONIA ante el Tribunal en relación con la legislación de aguas

La Comisión Europea va a demandar a Polonia ante el Tribunal de Justicia por no haber incorporado correctamente la legislación europea en materia de aguas. La legislación polaca en la materia presenta deficiencias en cuanto a la transposición de algunas definiciones de la Directiva y lagunas en la incorporación de los anexos. La Comisión está especialmente preocupada por la ausencia del anexo II, que describe el sistema de caracterización las aguas superficiales y subterráneas, así como por las omisiones en la transposición del anexo III, que debería proporcionar especificaciones y puntos de referencia para el análisis de la demarcación hidrográfica, el estudio del impacto ambiental de la actividad humana y el análisis económico del uso del agua. El seguimiento del estado de las aguas también es motivo de preocupación. A pesar de varios recordatorios, no ha habido respuesta satisfactoria. Por recomendación de Janez Potočnik, Comisario de medio ambiente, la Comisión demandará a Polonia ante el Tribunal de Justicia de la UE.

(Más información: IP/13/144 – J. Hennon – Tel. +32 229 53593 – Móvil +32 498 95 3593)

  • Interoperabilidad de los ferrocarriles europeos: la Comisión demanda a ESLOVENIA ante el Tribunal

La Comisión Europea ha decidido hoy demandar a Eslovenia ante el Tribunal de Justicia por no haber comunicado las medidas nacionales de transposición de una Directiva sobre interoperabilidad del sistema ferroviario. La fecha límite de aplicación era el 31 de diciembre de 2011.

La Directiva 2011/18/UE introduce cambios en la Directiva 2008/57/CE sobre la interoperabilidad, por la que se modifica la descripción de los sistemas ferroviarios y se especifican los procedimientos para su verificación.

La Comisión ya ha pedido a Eslovenia que adopte medidas a fin de garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva 2011/18/UE. Sin embargo, Eslovenia no ha tomado tales medidas, ni las ha notificado a la Comisión.

(Más información: IP/13/141 – H. Kearns – Tel. +32 229 87638 – Móvil +32 498 98 7638)

  • Fiscalidad: la Comisión demanda al REINO UNIDO en relación con un tipo reducido del IVA

La Comisión Europea ha decidido hoy demandar al Reino Unido ante el Tribunal de Justicia por su tipo reducido del IVA para el suministro e instalación de materiales que permiten ahorrar energía, ya que no se circunscribe a lo permitido en la Directiva del IVA.

(Más información: IP/13/139 – E. Traynor – Tel. +32 229 21548 – Móvil +32 498 98 3871)

  1. Otro caso de interés específico
  • Bienestar de los animales: la Comisión aumenta la presión sobre los Estados miembros para que impongan la estabulación en grupo de las cerdas

A través de un escrito de requerimiento, la Comisión Europea ha emplazado hoy a Bélgica, Chipre, Dinamarca, Francia, Alemania, Grecia, Irlanda, Polonia y Portugal a adoptar medidas para corregir las deficiencias en la aplicación de la legislación de la UE sobre el bienestar de los animales, en particular por lo que respecta a la estabulación en grupo de las cerdas gestantes contemplada en la Directiva 2008/120/CE.

(Más información: IP/13/135 – F. Vicent – Tel. +32 229 87166 – Móvil +32 498 98 7166)

  1. Dictámenes motivados
  • Fiscalidad: la Comisión insta a BÉLGICA a modificar determinadas reducciones fiscales discriminatorias en Flandes

La Comisión Europea ha pedido oficialmente a Bélgica que modifique las normas por las que se rige el régimen de capital de riesgo denominado Winwinlening.

Dichas normas otorgan una reducción fiscal a los créditos concedidos por los residentes en Flandes a las empresas establecidas en esa región. Sin embargo, los no residentes que reciben sus ingresos en Bélgica no tienen derecho a esa reducción.

La Comisión considera que las normas fiscales belgas son contrarias a la libre circulación de los trabajadores y a la libertad de establecimiento contempladas en los Tratados de la UE. Por consiguiente, se pide a Bélgica que cambie su legislación.

La petición de la Comisión se hace en forma de dictamen motivado. Si Bélgica no adapta su legislación en el plazo de dos meses, la Comisión podrá llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de la UE.

(Más información: E. Traynor- Tel. +32 229 21548 – Móvil +32 498 98 3871)

  • Fiscalidad: La Comisión insta a BÉLGICA a que revise la imposición de los intereses abonados

La Comisión ha pedido oficialmente a Bélgica que modifique las disposiciones fiscales relativas a la imposición de los intereses abonados, consideradas discriminatorias.

La legislación belga contempla una retención sobre los intereses abonados a las sociedades de inversión extranjeras. La discriminación afecta también a la imposición de los intereses correspondientes a los títulos depositados o anotados en cuenta en instituciones financieras situadas fuera de Bélgica.

Sin embargo, los intereses abonados a sociedades de inversión belgas o correspondientes a títulos depositados o inscritos en organismos financieros establecidos en Bélgica están exentos de retención.

Esta situación constituye una restricción injustificada de la libre prestación de servicios y la libre circulación de capitales que establecen los Tratados europeos.

La decisión de la Comisión adopta la forma de dictamen motivado. De no producirse una respuesta satisfactoria en el plazo de dos meses, la Comisión podría demandar al Reino de Bélgica ante el Tribunal de Justicia de la UE.

(Más información: E. Traynor – Tel. +32 229 21548 – Móvil +32 498 98 3871)

  • Libre circulación: la Comisión insta a BÉLGICA a cumplir la normativa de la UE

La Comisión Europea ha instado a Bélgica a ajustar su legislación a la normativa de la UE. La Directiva sobre libertad de circulación obliga a los Estados a garantizar que los ciudadanos de la Unión y los miembros de sus familias, incluyendo a los nacionales de países no pertenecientes a la UE, puedan disfrutar plenamente de su derecho a la libre circulación por lo que se refiere a la entrada y residencia en otro Estado miembro y a la protección contra la expulsión. Bélgica no ha incorporado correctamente determinadas disposiciones de la Directiva, puesto que no facilita la entrada y residencia a los miembros de las familias de los ciudadanos de la Unión que son nacionales de países no pertenecientes a la UE. En concreto, no facilita la expedición de sus visados y tarjetas de residencia. Por otra parte, Bélgica tampoco ha incorporado todas las garantías materiales y procesales contra la expulsión de los ciudadanos de la Unión que recurren al sistema de asistencia social belga. La legislación belga no prevé la evaluación individual de la situación personal del interesado antes de adoptar una medida de expulsión.

A resultas de ello, los ciudadanos de la UE no están protegidos actualmente contra las medidas de expulsión automática, ni pueden protegerse con facilidad de tales decisiones de las autoridades belgas. Además, las normas belgas sobre defensa contra la expulsión por razones de orden público o de seguridad pública ofrecen garantías a los miembros de las familias de los ciudadanos de la Unión, pero no a los ciudadanos de la Unión. La petición de la Comisión se hace en forma de dictamen motivado, en aplicación del procedimiento de infracción de la UE. Bélgica dispone ahora de dos meses para dar cumplimiento a lo dispuesto en la normativa de la Unión Europea. De lo contrario, la Comisión Europea podrá llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de la UE.

(Más información: M. Andreeva – Tel. +32 229 91382- Móvil +32 498 99 1382)

  • Medio ambiente: la Comisión pide a CHIPRE que desarrolle su legislación para la protección de la naturaleza

La Comisión Europea ha pedido a Chipre que amplíe su presencia en la red europea de espacios naturales protegidos Natura 2000. La Directiva sobre las aves dispone que los Estados miembros deben designar los lugares más adecuados para establecer zonas de protección especial (ZPE) para la conservación de las aves. En un principio, Chipre solo contempló siete ZPE, muy por debajo de las dieciséis previstas en el inventario de zonas importantes para la conservación de las aves (ZICA) utilizado por la Comisión para determinar si los Estados miembros cumplen sus obligaciones de clasificación de zonas de protección especial. La Comisión incoó un procedimiento de infracción en 2007 y, aunque ha aumentado el número de ZPE existentes, no está convencida de que la cobertura de las zonas protegidas sea suficiente para proporcionar una protección adecuada a una serie de especies importantes. Por consiguiente, la Comisión ha enviado un dictamen motivado complementario (segunda etapa del procedimiento de infracción) y Chipre dispone de dos meses para responder. A falta de una respuesta satisfactoria, la Comisión podrá demandar al Estado miembro ante el Tribunal de Justicia de la UE.

(Más información: J. Hennon – Tel. +32 229 53593 – Móvil +32 498 95 3593)

  • Comunicaciones electrónicas: la Comisión teme que la legislación sobre servicios auxiliares de ITALIA restrinja la discreción de la autoridad nacional de reglamentación (AGCOM)

La Comisión ha examinado la ley italiana que impone la separación de los servicios auxiliares (como el mantenimiento y la activación de líneas) de la desagregación del bucle local mayorista proporcionado por el operador tradicional Telecom Italia. Este texto reciente, cuyo objeto era regular directamente dichos servicios auxiliares, ha neutralizado en la práctica el margen de discrecionalidad de la autoridad nacional de reglamentación (AGCOM). Esto es contrario a la normativa de la UE, que exige que las autoridades nacionales de reglamentación ejerzan de forma independiente sus poderes reguladores ex ante, a fin de garantizar que las medidas adoptadas sean adecuadas para los problemas de competencia detectados en el análisis del mercado. Por consiguiente, la Comisión ha decidido enviar un dictamen motivado a Italia, que dispone de dos meses para responder. A falta de una respuesta satisfactoria, la Comisión podrá demandar a Italia ante el Tribunal de Justicia de la UE

(Más información: R. Heath – Tel. +32 229 61716 – Móvil +32 460 75 0221)

  • Mercado interior de la energía: llamamiento a Lituania para que cumpla las normas del mercado interior de la UE

La Comisión ha enviado hoy un dictamen motivado en el que insta a Lituania a trasponer plenamente las Directivas sobre la electricidad y el gas del tercer paquete de la energía. Los Estados miembros debían incorporar ambos textos a sus legislaciones nacionales antes del 3 de marzo de 2011. El paquete incluye disposiciones fundamentales para el buen funcionamiento de los mercados de la energía, entre las que se cuentan nuevas normas sobre la separación de las redes, normas encaminadas a reforzar la independencia y las competencias de las autoridades reguladoras nacionales y normas sobre la mejora del funcionamiento de los mercados minoristas en beneficio de los consumidores. Lituania dispone ahora de dos meses para responder. De lo contrario, la Comisión podrá llevar el caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

En el curso de 2012, la Comisión ya había enviado dictámenes motivados por no haber incorporado las Directivas sobre la electricidad o el gas a Bulgaria, Chipre, España, Luxemburgo, Países Bajos, Rumanía, Eslovaquia, Estonia, Finlandia, Suecia, Reino Unido, Austria, Polonia, Irlanda y Eslovenia. Posteriormente, la Comisión decidió demandar a Polonia, Eslovenia, Finlandia, Reino Unido, Bulgaria y Estonia ante el Tribunal de Justicia, al tiempo que cerraba los procedimientos contra España, Luxemburgo, Países Bajos, Suecia y Austria.

Más información en: http://ec.europa.eu/energy/infringements/index_en.htm

(Más información: M. Holzner – Tel. +32 229 60196 – Móvil +32 498 98 2280)

  • Inspección técnica de vehículos: la Comisión insta a LITUANIA a adoptar medidas nacionales sobre inspección técnica

La Comisión Europea ha pedido a Lituania que incorpore plenamente a su legislación nacional todos los requisitos establecidos en la Directiva 2010/48/UE relativa a la inspección técnica de los vehículos a motor y de sus remolques. Lituania no comunicó a la Comisión la información exigida en el plazo marcado (31 de enero de 2011), ni en los plazos fijados en los escritos de requerimiento posteriores. La adopción de medidas es importante a fin de tener en cuenta la evolución tecnológica de los componentes de los vehículos y los remolques que se someten a inspección. Por consiguiente, la Comisión ha enviado un dictamen motivado (segunda etapa del procedimiento de infracción de la UE) y Lituania dispone de dos meses para responder satisfactoriamente. Si no lo hace, la Comisión podrá demandar a este Estado miembro ante el Tribunal de Justicia de la UE.

(Más información: H. Kearns – Tel. +32 229 87638 – Móvil +32 498 98 7638)

  • Libre circulación de mercancías: la Comisión pide a POLONIA que elimine los obstáculos al comercio de complementos alimenticios

Los complementos alimenticios constituyen un mercado en rápida expansión. La Comisión Europea ha pedido a Polonia que modifique sus normas para la importación de complementos alimenticios legalmente fabricados o comercializados en otros Estados miembros. Según la Comisión, las normas vigentes en Polonia suponen un obstáculo a la libre circulación de mercancías en el mercado interior de la UE y son, por lo tanto, contrarias a los artículos 34 y 36 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. La Comisión ha tomado esta medida a raíz de varias denuncias presentadas contra los gravosos trámites explicativos que se exigen a los importadores de complementos alimenticios originarios de otros Estados miembros, en particular cuando estos productos contienen sustancias que podrían utilizarse en los medicamentos.

La Comisión aprecia falta de seguridad jurídica en la legislación polaca, principalmente como consecuencia de la inversión de la carga de la prueba con respecto a la evaluación de la seguridad de los complementos alimenticios. Ello implica que la evaluación de la seguridad corre por cuenta de los importadores, en lugar de ser sufragada por las autoridades polacas. Hay que señalar que los complementos alimenticios en cuestión se consideran seguros al haber sido fabricados o comercializados legalmente por primera vez en otros Estados miembros. Además, la Comisión estima que Polonia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del Reglamento (CE) nº 764/2008, por el que se establecen procedimientos relativos a la aplicación de determinadas normas técnicas nacionales a los productos comercializados legalmente en otro Estado miembro y se deroga la Decisión nº 3052/95/CE, al no haber aplicado dicho Reglamento a las decisiones que impiden o dificultan el acceso de los complementos alimenticios al mercado. Por lo tanto, la Comisión ha emitido un dictamen motivado en el que pide a Polonia que modifique sus leyes con el fin de permitir la libre circulación de mercancías en el mercado único. Si la legislación no se adapta en el plazo de dos meses, la Comisión podrá llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de la UE.

(Más información: C. Corazza – Tel. +32 229 51752 – Móvil +32 498 99 2862)

  • Fiscalidad: la Comisión insta a POLONIA a que cambie su legislación sobre tipos reducidos del IVA

La Comisión Europea ha pedido oficialmente a Polonia que modifique su legislación sobre el tipo reducido del IVA aplicable a los productos de protección contra incendios, ya que no se circunscribe a lo permitido en la Directiva del IVA (2006/112/CE).

Con arreglo a la normativa del IVA, los tipos reducidos solo pueden aplicarse a determinados bienes y servicios que figuran en la lista del anexo III de la Directiva. Dicha lista debe respetarse escrupulosamente y se ha de interpretar según lo unánimemente acordado y aprobado por los 27 Estados miembros de la UE. La Directiva no permite que Polonia aplique un tipo reducido del IVA a los productos de protección contra incendios, ya que estos no están incluidos en la lista. La Comisión, en su función de guardiana de los Tratados, garantiza que estas normas se apliquen correctamente y sean respetadas por todos los Estados miembros de la UE.

La petición de la Comisión se hace en forma de dictamen motivado. Si la legislación no se adapta en el plazo de dos meses, la Comisión podrá llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de la UE.

(Más información: E. Traynor- Tel. +32 229 21548 – Móvil +32 498 98 3871)

  • Pensiones: la Comisión insta a RUMANÍA a que abone pensiones a los ciudadanos griegos por el tiempo de trabajo prestado en ese país

La Comisión ha instado a Rumanía a cumplir las disposiciones del Reglamento (CE) nº 1408/71 y del Reglamento (CE) nº 883/2004 sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social al calcular los derechos de pensión de los ciudadanos griegos que hubieran trabajado en Rumanía antes de su adhesión a la Unión Europea. Las autoridades rumanas se niegan a tener en cuenta los períodos de trabajo de los migrantes griegos previos a la adhesión de Rumanía a la UE. Esta decisión se basa en un acuerdo bilateral entre Rumanía y Grecia firmado en 1996. En virtud de dicho acuerdo, Rumanía abonó a Grecia un importe fijo de 15.000.000 USD y Grecia se hace cargo de las pensiones correspondientes a un máximo de 15 años trabajados. Por consiguiente, los periodos trabajados más allá de los 15 años no cuentan en la actualidad a la hora de determinar los derechos a pensión para los trabajadores. La Comisión considera que el acuerdo bilateral no puede utilizarse para privar a los trabajadores de los derechos directamente reconocidos por la legislación de la UE y que Rumanía es deudora de derechos a pensión adicionales, por más que correspondan a periodos anteriores a la adhesión de Rumanía a la UE.

La petición se hace en forma de dictamen motivado, en aplicación del procedimiento de infracción de la UE. Rumanía dispone ahora de dos meses para notificar a la Comisión las medidas adoptadas para dar plena aplicación a los Reglamentos. De lo contrario, la Comisión podrá tomar la decisión de demandar a Rumanía ante el Tribunal de Justicia de la UE.

(Más información: J. Todd – Tel. +32 229 94107 – Móvil +32 498 99 4107)

  • Fiscalidad: la Comisión insta a RUMANÍA a que revise su fiscalidad sobre las empresas extranjeras

La Comisión Europea ha pedido oficialmente a Rumanía que modifique el trato fiscal discriminatorio que aplica a las empresas extranjeras.

Según la legislación fiscal rumana, las empresas extranjeras con varios establecimientos en el país están sujetas al impuesto de sociedades por cada uno de ellos, aun cuando carezcan de personalidad jurídica propia. La imposibilidad de que los sujetos pasivos extranjeros consoliden los resultados de todos sus establecimientos en Rumanía equivale a una desventaja de tesorería o un mayor nivel de imposición para la persona jurídica extranjera.

Según la Comisión, esa restricción es contraria a la libertad de establecimiento contemplada en los Tratados de la UE.

La petición de la Comisión se hace en forma de dictamen motivado. Si la legislación no se adapta en el plazo de dos meses, la Comisión podrá llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de la UE.

(Más información: E. Traynor- Tel. +32 229 21548 – Móvil +32 498 98 3871)

  • Transporte aéreo: la Comisión pide a ESPAÑA que ofrezca garantías en cuanto a la independencia del coordinador de franjas aeroportuarias

La Comisión Europea ha pedido a España que le notifique en el plazo de dos meses las medidas necesarias para dar cumplimiento a normas comunes de la UE sobre asignación de franjas horarias en los aeropuertos. El coordinador de franjas —responsable de asignar las franjas horarias de aterrizaje y despegue de forma transparente, imparcial y no discriminatoria— es un pilar esencial en un sistema que permita la competencia leal. La Comisión ha iniciado el procedimiento por iniciativa propia, ya que desea obtener garantías en cuanto al funcionamiento y la independencia financiera del coordinador de franjas horarias. A falta de una respuesta satisfactoria, la Comisión podrá demandar a este Estado miembro ante el Tribunal de Justicia de la UE.

(Más información: H. Kearns – Tel. +32 229 87638 – Móvil +32 498 98 7638)

  • Fiscalidad: la Comisión pide a ESPAÑA que modifique las normas en materia de impuestos sobre sucesiones y donaciones en los Territorios Históricos de Álava y Bizkaia

La Comisión Europea ha instado oficialmente a España a que modifique las disposiciones de la legislación relativa al impuesto sobre sucesiones y donaciones de los Territorios Históricos de Álava y Bizkaia, ya que no se ajustan a la libre circulación de capitales.

En virtud de esa legislación, la deuda pública emitida por la Comunidad Autónoma del País Vasco, las Diputaciones Forales y las Entidades Locales Territoriales de los tres Territorios Históricos recibe un trato fiscal preferente. Ello significa que, en caso de herencia, los títulos de deuda pública de dichas administraciones se gravan en menor medida que otros títulos similares. Ese tratamiento fiscal establece una discriminación respecto de las inversiones en deuda pública emitida por otros Estados miembros de la UE o por los países del EEE.

La petición de la Comisión se hace en forma de dictamen motivado. Si la legislación no se adapta en el plazo de dos meses, la Comisión podrá llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de la UE.

(Más información: E. Traynor- Tel. +32 229 21548 – Móvil +32 498 98 3871)

  • Trabajo de duración determinada: la Comisión insta a SUECIA a reforzar la red de seguridad contemplada en la Directiva sobre el trabajo de duración determinada

La Comisión Europea ha instado a Suecia a que adapte su legislación de conformidad con la Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada e impida los abusos derivados de la utilización de sucesivos contratos de trabajo de duración determinada.

El sistema vigente en Suecia distingue varios tipos de empleo de duración determinada. Algunos tipos de empleo no están sujetos a ninguna limitación. Otros sí lo están, pero sus límites no tienen en cuenta los de otros tipos de empleo. En consecuencia, las empresas pueden eludir las limitaciones combinando diferentes formas de empleo de duración determinada para un mismo trabajador. Por ello, el sistema no puede garantizar que no se produzca un encadenamiento continuo de contratos de trabajo de duración determinada contrario a la Directiva.

Este problema ya se planteó a Suecia en 2007 y el Gobierno sueco puso en marcha dos iniciativas legislativas para dar cumplimiento a la Directiva. Sin embargo, ninguna de ellas tuvo éxito. Por consiguiente, la Comisión insta a Suecia a redoblar sus esfuerzos.

La petición se hace en forma de dictamen motivado, en aplicación del procedimiento de infracción de la UE. Suecia dispone ahora de dos meses para notificar a la Comisión las medidas adoptadas para dar plena aplicación a la Directiva. De lo contrario, la Comisión podrá demandar a este Estado miembro ante el Tribunal de Justicia de la UE.

 

Fuente: UE