Tribunal de Comercio Internacional (EEUU) – Abogado designado por el tribunal

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El Tribunal de Comercio Internacional de los Estados Unidos tiene una necesidad constante de abogados que representen, de forma pro bono , a los litigantes indigentes involucrados en casos pendientes ante el Tribunal de conformidad con el Título 28 USC § 1581 (d). Si usted es un abogado admitido para ejercer ante el Tribunal, se le recomienda que considere ofrecer una parte de su tiempo como voluntario para ayudar en la resolución eficiente y justa de estas disputas. Algunos gastos y costos son reembolsables. Para obtener detalles y el formulario necesario para solicitar el reembolso, consulte la página de información de abogados/abogado designado por el tribunal, en el sitio web del tribunal ( www.cit.uscourts.gov ). Para unirse a la lista de personas que prestan servicios en esta capacidad, comuníquese con Administración de casos al (212) 264-1611.

Como abogado que brinda servicios legales pro bono , puede ser elegible para créditos de educación legal continua (CLE). Véase, por ejemplo, NY Ct. Reglas, Título 28 § 1500.22 (j).