UE – Refugiados de Ucrania: Directrices operativas para ayudar a los Estados miembros a aplicar la Directiva sobre protección temporal

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Desde el 24 de febrero, fecha de inicio de la invasión militar rusa de Ucrania, han huido de ese país más de 3 millones de personas, más de la mitad de las cuales son niños según indican las estimaciones de las Naciones Unidas. Para reaccionar ante esta situación sin precedentes, la UE acordó en un tiempo récord activar la Directiva sobre protección temporal a fin de ayudar a las personas que huyen de la guerra en Ucrania. La Directiva, que entró en vigor con carácter inmediato el 4 de marzo, ofrece ahora protección inmediata y un estatuto jurídico claro a millones de personas.

La Comisión ha presentado  directrices operativas para ayudar a los Estados miembros a aplicar la Directiva. Estas completas directrices contribuirán a que todos aquellos que lleguen a la Unión dispongan de un nivel de derechos sistemático y efectivo y ayudarán a los Estados miembros a asumir sus nuevas responsabilidades.

Margaritis Schinas, vicepresidente para la Promoción de nuestro Modo de Vida Europeo, ha declarado: «Estamos llevando a la práctica la decisión sin precedentes de conceder protección inmediata a todas aquellas personas que consideran a Ucrania su patria. A fin de contribuir a que este proceso sea lo más fluido posible, la Comisión apoya a los Estados miembros facilitándoles orientaciones operativas. Por ejemplo, a fin de garantizar que las personas puedan circular libremente por la Unión, se especifica que deben poder recibir visados de 15 días en la frontera y que, en cualquier caso, no se impondrán multas a quienes se encarguen de su transporte, incluso si van indocumentadas. En este momento, una de las mayores preocupaciones es el elevado número de menores que llegan no acompañados y a los que es necesario registrar y dispensar atención especializada.»

Por su parte, la comisaria de Asuntos de Interior, Ylva Johansson, ha declarado: «En cuestión de días, 3 millones de personas han cruzado las fronteras de la UE. Las muestras de solidaridad han sido inmensas y la reacción de las autoridades impresionante; pero existen auténticas dificultades para garantizar que los sistemas nacionales no se vean desbordados y que las personas disfruten de la protección que merecen. Basándonos en las preguntas planteadas por los Estados miembros, proponemos las siguientes directrices operativas, que actualizaremos periódicamente para aportar garantías de que la Comisión apoya a los Estados miembros en todas las fases del proceso: desde la llegada hasta la integración».

Directrices para los Estados miembros

Las directrices pretenden ser un documento abierto que refleje la situación sobre el terreno y tenga debidamente en cuenta la evolución de las necesidades de los Estados miembros. Entre sus aspectos principales cabe señalar los siguientes:

  • Se aclara quiénes son las personas con derecho a protección temporal, por ejemplo, aquellas que gozaban de protección internacional o de una protección nacional equivalente en Ucrania antes del 24 de febrero y que han sido desplazadas desde ese país el 24 de febrero o posteriormente, así como los miembros de su familia.
  • Se ofrece una definición de «protección suficiente» en virtud del Derecho nacional que constituye una posible alternativa a la protección temporal que pueden ofrecer los Estados miembros y que no tiene que ser idéntica a esta, si bien debe respetar la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y el espíritu de la Directiva sobre protección temporal. Debe garantizarse, en relación con todas las personas, el respeto de la dignidad humana y, por tanto, un nivel de vida digno.
  • Se especifica el tipo de pruebas necesarias para poder acogerse a protección temporal o a una protección adecuada con arreglo a la legislación nacional.
  • Se anima a los Estados miembros a que consideren la posibilidad de ampliar la protección temporal a las personas que, en sentido estricto, no quedarían incluidas en el ámbito de aplicación de la Decisión pero que necesitan protección, como las que huyeron de Ucrania poco antes del 24 de febrero de 2022.
  • Menores: las directrices incluyen un capítulo específico dedicado a los menores. Es preciso designar de manera inmediata un tutor legal o representante para los niños y adolescentes no acompañados. La Comisión también está coordinando los esfuerzos de reubicación para el traslado de niños y adolescentes no acompañados a otros Estados miembros. Todos los menores que huyen de la guerra, con independencia de su condición, deben gozar de protección plena y de un acceso rápido a los derechos específicos que les amparan (como la educación, la atención sanitaria y la asistencia psicosocial).
  • Directrices sobre derechos específicos en virtud de la Directiva sobre protección temporal: el permiso de residencia debe servir como documento de prueba del estatus de una persona ante diversos servicios públicos, como las oficinas y los servicios de empleo, las escuelas y los hospitales. Cuando aún no se haya obtenido el permiso de residencia, los Estados miembros deberán facilitar la apertura de cuentas bancarias y el acceso a los servicios pertinentes previa presentación de un documento de identidad o de una prueba de entrada en la UE posterior al 24 de febrero de 2022.
  • Directrices para garantizar la libre circulación tanto antes como después de la expedición de permisos de residencia: los nacionales de Ucrania que sean titulares de pasaportes biométricos o las personas que, en virtud de su nacionalidad, estén exentas de la obligación de poseer un visado de corta duración para entrar en la Unión tienen derecho a circular libremente por el espacio Schengen después de haber sido admitidos en el territorio durante 90 días dentro de un período de 180 días. En el caso de las personas que, en virtud de su nacionalidad, no estén exentas de la obligación de visado, la Comisión recomienda que los Estados miembros de primera entrada expidan visados de 15 días en la frontera y que los Estados miembros secundarios no impongan sanciones económicas a quienes transporten a personas que gocen de protección temporal pero que no estén en posesión de documentos válidos para entrar. Una vez que se haya expedido el permiso de residencia, las personas con protección temporal tendrán derecho a circular libremente.
  • Se proporciona ayuda para la repatriación a quienes no tienen derecho a permanecer en la UE y que necesitan asistencia consular con vistas a su repatriación, medida que puede ser respaldada por Frontex.

Contexto

El 4 de marzo de 2022, a raíz de la propuesta de la Comisión del día anterior, el Consejo adoptó por unanimidad la Decisión de Ejecución por la que se establece una protección temporal para las personas que huyen de la guerra en Ucrania. Tras esa decisión, la Comisión recibió una petición clara de información adicional y puso en marcha una página web para informar y apoyar a quienes huyen de la guerra cuando llegan a la UE.

A fin de coordinar el apoyo operativo a los Estados miembros de primera entrada, la Comisión ha convocado reuniones sobre la situación en Ucrania como parte del Plan Rector de Preparación y Gestión de Crisis Migratorias de la UE. Junto a esta red, una «plataforma de solidaridad» coordinada por la Comisión registra y examina las necesidades de los Estados miembros con vistas a ofrecer una respuesta operativa. Las presente directrices complementarán también las Directrices existentes para la gestión de las fronteras exteriores con el fin de facilitar el cruce de fronteras entre la UE y Ucrania.

Más información

Directrices operativas para la aplicación de la Decisión de Ejecución del Consejo por la que se establece la protección temporal

Decisión de Ejecución del Consejo por la que se establece la protección temporal

Directiva sobre protección temporal

Información para las personas que huyen de la guerra en Ucrania

Fuente: UE