Gestión CDA: Aclaraciones del BCRA sobre la Comunicación A 7385

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A raíz de la multiplicidad de consultas recibidas a través de la asesoría en normativa cambiaria y bancaria sobre la Comunicación “A” 7385, Directivos y Asesores del Centro Despachantes de Aduana, le han solicitado al Banco Central de la República Argentina aclaraciones sobre el alcance de la última comunicación publicada, sobre el acceso al mercado de cambios para el pago por importación de bienes.

A continuación el detalle:

La Comunicación “A” 7385 con vigencia desde el 1 de Noviembre 2021, en el punto 10.11.11.1 menciona que: ” la operación corresponde a la importación de insumos que serán utilizados para la elaboración de bienes en el país”.

Aclaración BCRA: quedan incluidos aquellos afectados a la producción primaria como los fertilizantes. Y sólo se contempla la posibilidad de realizar los pagos de insumos.  No está prevista tolerancia alguna para los bienes finales ni otros tipos de bienes.

En el punto  10.11.11.2. referido al cálculo del cupo nos brindan la siguiente respuesta:

Aclaración BCRA: Se suma el valor de las importaciones del SEPAIMPO con acceso al MLC de los últimos doce meses cerrados y se lo divide por 12, luego se resta de ese valor el monto pendiente de regularización de los pagos sin registro de ingreso aduanero en situación de demora.

Fuente: CDA