Buenos Aires, Martes, 28 de Marzo
2 septiembre, 2020 9:45 Imprimir

Extensión del Programa de Asistencia al Trabajo y a la Producción (ATP) – Cont. Púb. Virginia Boianelli

 

 

Actualmente gran parte de las actividades productivas del país están habilitadas, pero el deterioro en los ingresos, en muchos casos sigue siendo altamente significativo respecto del año anterior.

 

Adicionalmente, hay sectores críticos tales como el caso de la gastronomía, hotelería, deportes o los espectáculos, que aún continúan sin actividad.

 

En este marco, a través de la Decisión Administrativa 1581/2020 publicada en el Boletín Oficial el día viernes 28/08/2020, el Comité de Ayuda y Monitoreo definió los lineamientos del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) para el período Agosto.

 

Asimismo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya habilitó la solicitud del beneficio en su sitio Web hasta el día 3 de septiembre inclusive.

 

Tal como en la etapa anterior del Programa, continuará evaluándose la facturación para la definición del tipo de ayuda del Programa.

 

Entre los aspectos más importantes establecidos en la citada Decisión Administrativa de esta nueva etapa del ATP se encuentran:

 

  • La ampliación de la nómina de actividades afectadas en forma crítica.

 

  • Salario complementario: Habrá un tratamiento diferencial para sectores críticos.

    Se tendrá como referencia para su otorgamiento la variación interanual de la facturación de julio.

    El monto de la asignación complementaria continuará siendo una suma equivalente al 50% del salario neto y con un tope del 1,5 salarios mínimos ($ 25.312,50).

    En el caso de los rubros críticos, los trabajadores percibirán el salario complementario por hasta dos unidades del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), que equivale a $ 33.750.

    Continúan siendo excluidos aquellos sueldos de bolsillo superiores a $ 140.000.

 

  • Se mantiene la reducción y postergación de las contribuciones patronales destinadas al SIPA para sectores críticos, los cuales continuarían percibiendo el beneficio de la reducción del 95% de las contribuciones patronales, mientras que el resto podrá posponer su pago por 60 días.

 

  • Crédito a Tasa Subsidiada: se eleva al 40% el aumento del nivel de facturación interanual de las empresas que soliciten el crédito a tasa subsidiada para el pago de salarios.

 

Estos créditos a tasa subsidiada estarán disponibles para empresas que al 26 de agosto hayan registrado menos de 800 empleados, y podrán ser convertidos en subsidios, siempre y cuando se conserven y creen nuevos puestos de trabajo. El Ministerio de Trabajo debería proveer de mayores precisiones en este sentido.

 

La tasa de interés nominal anual recomendada sería del 15% anual.

 

Quienes hayan solicitado el crédito el mes anterior, no estarían impedidos de volver a solicitarlo.

 

ATP en números


Según fuentes oficiales, se aprobaron 255.000 empresas en la primera ronda de la ATP, 253.000 en la segunda y 220.000 en la tercera.

 

Como hubo cierta rotación de empresas beneficiarias, en total hubo 328.000 empresas que ingresaron en al menos una ATP.

 

Estas 328.000 empresas tendrían 3,07 millones de trabajadores y representarían alrededor del 60% del total de las firmas empleadoras del país.

 

En las tres primeras rondas de la ATP, alrededor del 99,5% de las firmas aprobadas fueron PyMEs de menos de 200 trabajadores.

 

Por su parte, los datos preliminares de la cuarta ronda tienen aprobadas: 135.000 empresas para el pago de salario de 1,4 millones de trabajadores, y 65.000 empresas para créditos a tasas subsidiadas para asistir el salario de 400 mil empleados.

 

Estas cifras representan una baja respecto a las anteriores rondas de la ATP, lo cual las fuentes oficiales atribuyen en buena medida a que muchas empresas pudieron producir en condiciones de relativa normalidad.

 

Sin embargo, cabe recordar que a partir del pago de la asistencia de mayo, las condiciones para acceder al beneficio cambiaron: las empresas que recibieran el beneficio no podrían comprar divisas, ni siquiera a través de operaciones en la Bolsa ni girar utilidades, entre otras trabas.

 

Inicialmente, las restricciones asociadas al programa ATP sólo se aplicaban a empresas de más de 800 empleados, pero dado que el 93% de los empleadores que solicitaron la ayuda eran empresas que no alcanzaban ese umbral, las condiciones cambiaron.

 

Los que entraron al programa en abril no estaban sujetos a esas condiciones, pero si lo volvían a tomar para el pago de los sueldos en mayo sí. Eso generó bastante inquietud, sobre todo desde el punto de vista cambiario. En este contexto financiero de tasas bajas e inflación alta muchas empresas no han querido quedarse sin la posibilidad de cubrirse ante una devaluación.  Asimismo, la imposibilidad de distribución de utilidades hasta 12 meses después del cierre del ejercicio actual para pymes familiares en las que el retiro de fondos por parte de sus socios es una operatoria habitual, generó una alerta. Ante esa situación, se ha contemplado la posibilidad de renunciar al beneficio.

 

Por último, se ha incorporado el requisito de que las empresas no podrían elevar los honorarios, bonos o cualquier pago extra salarial a sus directivos más de un 5%.

Así, a partir de estas pautas, la continuidad de las empresas en el programa ha dependido mucho más de qué tan desesperada ha sido su situación.

 

Como política paliativa de emergencia ante la crisis sanitaria y económica se espera que el programa ATP cumpla su ciclo, cuando ninguna empresa mantenga niveles negativos de ingresos, excepto para aquellos rubros que no cuenten con permiso de reapertura. Esperemos por el bien de todos los argentinos que esa premisa se logre más temprano que tarde, lo cual depende de un conjunto muy amplio de factores para la reactivación económica.

 

Cont. Púb. Virginia Boianelli

28 agosto 2.020

 

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