Unidad de seguimiento y trazabilidad de operaciones de comercio exterior

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En el B.O. del día de hoy fue publicado el Decreto 2103/14 por el cual se crea en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la UNIDAD DE SEGUIMIENTO Y TRAZABILIDAD DE LAS OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR, para verificar el precio y la cantidad de bienes y servicios exportados e importados por el país conjuntamente con el ingreso y el egreso de divisas.

 

Dicha UNIDAD estará a cargo del Jefe de Gabinete de Ministros y formada por representantes del Ministerio de Economía (Secretaría de Comercio Exterior), la AFIP, el BCRA, la CNV, la Superintendencia de Seguros de la Nación, la UIF y la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC).

En general, sus funciones serán:

 

ü  Realizar el monitoreo de las operaciones de comercio exterior, mediante el seguimiento y la trazabilidad

ü  Coordinar el acceso, por parte de los organismos competentes, de los reportes de las operaciones de comercio exterior con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos formales y sustanciales exigidos por la normativa vigente.

ü  Efectuar el seguimiento de los ajustes y denuncias formuladas por los organismos de control relacionados con las operaciones de comercio exterior.

ü  Requerir y brindar información a otras jurisdicciones relacionadas con este tipo de operaciones.

 

Los fundamentos del presente decreto refieren al incremento del comercio exterior en el período 2003 / 2013, según datos del INDEC, y a que la AFIP ha detectado diferentes casos de:

 

ü  SOBREFACTURACIÓN DE IMPORTACIONES

 

Lo que implica que los bienes importados son valuados por encima del valor real para lograr transferir de esta forma más divisas al exterior, logrando un impacto negativo en los resultados de la empresa a los efectos de evadir el impuesto a las ganancias en el país.

 

ü  SUBFACTURACIÓN DE EXPORTACIONES

 

Operaciones donde el monto total de facturación es por debajo de su precio real, impactando esta acción en menor rentabilidad y reducción de los tributos a pagar en nuestro país . Además de transgredir la Ley Penal Cambiaria, ya que se estarían depositando divisas en una cuenta del exterior e ingresando menor monto al país.

 

ü  PRECIOS DE TRANSFERENCIA QUE DISMINUYEN EL MONTO DE IMPUESTOS A PAGAR EN ARGENTINA

 

Es decir que precios de transferencia manipulados entre empresas vinculadas permiten realizar remisiones ilegales de utilidades o afectar el pago de tributos localmente.

 

Cabe destacar que el mencionado decreto determina que dicha UNIDAD podrá dictar su Reglamento Interno de Funcionamiento.