Prorrogan incentivo fiscal para fabricantes de bienes

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El Poder Ejecutivo prorrogó, hasta el 31 de diciembre próximo, el Régimen de incentivo fiscal para fabricantes de bienes, con la condición de que no se reduzca la planta de personal y se informe la cantidad de trabajadores debidamente registrados, a través de una declaración jurada.

Por Decreto 1591/2013 publicado hoy en el Boletín Oficial se prorrogó hasta el 31 de diciembre próximo el plazo de vigencia del Régimen de Incentivo Fiscal para fabricantes de los bienes (Decreto  Nº 379/01 y sus modificaciones).

Explica en los considerandos que el Gobierno Nacional continúa asignando prioritaria importancia al proceso de reindustrialización iniciado en el año 2003 y agrega que  la inversión en capital productivo tiene como resultado directo el aumento de la competitividad de la industria y de la economía en general, y simultáneamente coadyuva a consolidar el desarrollo de la industria local productora de bienes de capital.

Expresa luego que la industria de bienes de capital es un sector estratégico para el desarrollo económico y al ser proveedora de todas las cadenas productivas, su progreso técnico impacta positivamente en la competitividad de la economía del país.

En el marco del “Plan Estratégico Industrial Argentina 2020” –agrega-, se han generado los consensos necesarios para continuar con los lineamientos estratégicos necesarios para el desarrollo del sector, a través del aumento de la producción de dichos bienes, la defensa y consolidación del mercado interno, la potenciación de exportaciones y el logro de una mayor participación nacional en el consumo doméstico.

En virtud de ello se prorroga plazo de vigencia de dicho  Régimen hasta fin de año y se sustituye el inciso a) del Artículo 1° del Decreto Nº 594/04, a fin de ajustar lo allí requerido a las nuevas condiciones emergentes de la prórroga dispuesta. La modificación consiste en que se deberá informar con carácter de declaración jurada la cantidad de trabajadores en relación de dependencia, debidamente registrados.

Otra declaración jurada en los mismos términos, deberá presentarse al día 31 de diciembre de 2013, asumiendo el compromiso por escrito y con participación de la asociación sindical signataria del convenio colectivo vigente, a no reducir la plantilla de personal teniendo como base de referencia el mayor número de empleados registrados durante el mes de diciembre de 2011, ni aplicar suspensiones sin goce de haberes.

El Decreto comenzará a regir a partir de hoy, día de su publicación en el Boletín Oficial, estableciéndose que los efectos resultantes de sus disposiciones se aplican a partir del día 1 de julio de 2013.

Recuerda en los considerandos, además, que dicho régimen consiste en mejorar la competitividad de la industria local productora de bienes de capital a fin de que pueda participar en condiciones equitativas en la provisión de tales bienes, promoviendo así su fabricación nacional.