Uruguay: Poder Legislativo aprobó adhesión al Convenio Internacional sobre Seguridad de Contenedores (Ley N.º 19.117)

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El cuerpo legal procura mantener un alto nivel de seguridad de la vida humana en la manipulación, apilamiento y transporte de contenedores. Además, contribuye a responder a la necesidad de facilitar el transporte internacional de contenedores y de formalizar normas internacionales comunes de seguridad. Este se aplica a contenedores nuevos y existentes utilizados en el transporte internacional, salvo el aéreo.

 

El Presidente de la República, José Mujica, estampó su firma a la Ley N.º 19.117 que aprueba la adhesión al Convenio Internacional sobre la Seguridad de los Contenedores, de 1972, en su forma enmendada.

 

El texto legal procura así mantener un alto nivel de seguridad de la vida humana en la manipulación, apilamiento y transporte de contenedores. Además, contribuye a responder a la necesidad de facilitar el transporte internacional de contenedores y de formalizar normas internacionales comunes de seguridad.

 

El Convenio Internacional sobre la Seguridad de los Contenedores se aplica a los contenedores nuevos y existentes utilizados en el transporte internacional, excluyendo los contenedores construidos especialmente para el transporte aéreo.

 

Los contenedores estarán sometidos al control por parte de funcionarios autorizados quienes comprobarán si poseen una placa válida de aprobación relativa a la seguridad.

 

La placa de aprobación relativa a la seguridad se fijará con carácter permanente y contendrá, entre otra información: país y referencia de aprobación, fecha de fabricación, número de identificación del fabricante del contenedor y el peso bruto máximo de utilización.