Importaciones y comercio exterior en la República del Ecuador – Análisis Jurídico

0
46

IMPORTACIONES Y COMERCIO EXTERIOR EN LA REPÚBLICA DEL ECUADOR – ANÁLISIS  JURÍDICO

 

 

por Dr.  Francisco Gottifredi Neira

 

ÍNDICE: Capitulo I: Desarrollo Histórico del Comercio Exterior; Vocablos técnicos empleados en el Comercio Exterior; Incoterms; Compraventa Internacional de mercaderías; Crédito Documentario. Capítulo II; Introducción;  Importaciones; Gravámenes a las Importaciones; Documentos utilizados en el Comercio Exterior; Declaración Aduanera y Desaduanización de las mercaderías; Procedimiento Grafico de Importación. Capítulo III; Introducción; Legislación Vigente; Regímenes Comunes; Regímenes Especiales; Regímenes Particulares o de Excepción; Cambio de Régimen; La C.A.E; Los Agentes de Aduanas; Ley de Comercio Exterior; Convención de Viena; Bloques Económicos; Conclusiones.  Bibliografía. Nota del autor.

Capitulo I:

Introducción

A lo largo de la historia del hombre, hemos visto como durante toda su evolución, ha existido la necesidad del intercambio de mercaderías, las misma que han marcado grandes pasos para la humanidad, se ha desarrollado a través de los tiempos, se la ha normado, se han creado tratados internacionales, y se han creado también legislaciones internas en cada estado que permitan su correcto desarrollo y de una manera uniforme y ordenada, es por esto que es una materia que se encuentra en constante cambio y además que se adapta a las constantes necesidades del hombre.

Con todo este proceso de  desarrollo de las actividades de comercio, vemos claramente que debido al constante desarrollo del comercio internacional, la globalización, y la formación de grandes estados supranacionales y bloques económicos, y con el constante, ágil y rápido movimiento de las actividades comerciales entre estos y  los diversos Estados, es necesario tener claro un marco teórico amplio y práctico, de todas las formas en las que esta actividad se desarrolla, como inician, como se llevan a cabo y como llegan a su fin, pero para todo esto necesariamente se tiene que cumplir con un proceso que permita el transito legal de las mercaderías,  alrededor de todo el mundo, hasta su etapa final, que son los consumidores.

Todo esto tenemos que entender, como un proceso, en el cual se encuentran involucrados prácticamente todos los países del mundo, además de que estamos viviendo un proceso de unificación y facilitación de las diversas  relaciones que entre

Estos puedan nacer y existir, por lo tanto es necesario delimitar las directrices que marcan su correcto desarrollo

Como sabemos, en un principio la costumbre marcaba los lineamientos generales para los diferentes actos de comercio, los mismos que se los ha ido regulando y adoptando en diferentes cuerpos legales, es por esta razón que debemos tener claro cómo se desarrollan actualmente estos actos de comercio, como están regulados a nivel mundial  e internamente en nuestro país

Al conocer   dicha normativa debemos analizar claramente como es en si el procedimiento preciso que nos permita realizar y desarrollar una actividad comercial, ya sea de importación o exportación de mercaderías, tener claros los diversos términos que se utilizan dentro de esta área del derecho, así como también las formas de negociación que existen y se permiten con el objeto de facilitar las relaciones comerciales, es decir lo referente al crédito documentario,  de igual manera tener conocimientos de las diversas regulaciones que existen entre bloques comerciales como la C.A.N, Comunidad Andina, entre otros, y por último, haremos un ejercicio práctico del procedimiento completo de importación de mercaderías, siguiendo todo su proceso desde el momento de la negociación, la compra, la importación, desaduanización y recepción de la mercadería.

 

Mediante este análisis, lo que se pretende es crear destrezas para ingresar al mercado internacional, y poder  desarrollar actos de comercio internacional, los mismos que se encuentren dentro de un marco jurídico para desarrollar con total  seguridad estos actos, en nuestro caso concreto la importación de mercaderías.

Desarrollo Histórico del Comercio

Como punto de partida, es necesario saber claramente que el comercio es el traslado de mercaderías o bienes desde un lugar hacia otro con el objetivo de intercambiarlas por otras y así tener un rédito de las mismas, así también, la OMC define al comercio como la producción, publicidad, venta y distribución de productos y bienes.

El comercio se ha venido dando desde el origen de la humanidad, con formas muy simples como fue el intercambio de mercaderías así tenemos  el trueque, después podemos encontrar la permuta, tenemos también la compraventa, hasta la actualidad en donde podemos realizar actos de comercio electrónicamente por medio del internet.

Es evidente, que nuestro planeta está atravesando por un desarrollo y dinamismo en cuanto al comercio y su directa relación con la formación de bloques económicos e integración internacional, creando una gran brecha entre países desarrollados y subdesarrollados poniendo en desventaja a estos últimos, y todo esto fundamentado en diferentes teorías como el liberalismo que sostiene que la liberalización del comercio entre los países, acarrea un gran desarrollo para los mismos; tenemos también el proteccionismo que es un sistema caduco que si bien tiene principios dogmáticos coherentes, no ha dado resultado en la práctica, es así que tenemos al marxismo, que no establece un modelo claro de desarrollo en lo que a comercio exterior tiene que ver.

Durante el transcurso del comercio a nivel mundial, podemos ver grandes hitos que se han marcado, como por ejemplo en el siglo XV, [1]Europa sufrió duros golpes como hambrunas, guerras, conflictos, pestes, sin embargo, la actividad comercial  continuo con mayor fuerza aún, al norte en el Mar Báltico que permitían intercambios comerciales entre distintas naciones como Francia, España, Inglaterra, Rusia, por el sur el comercio se desarrollo  a través del Mar Mediterráneo, entre distintas localidades Italianas, como Venecia, Roma, Génova, todo esto provocó acumulación de riquezas en algunas personas y no una distribución equitativa de las mismas y dio como resultado diferentes circunstancias como una fuerte inversión en producción interna para comercializarla, una burguesía poderosa que emprendieron una exploración de nuevos mercados y rutas.

[2]“Hitos relevantes son también, el inicio de la conquista a América, África, Asia que sin lugar a dudas determinaron un gran avance en el comercio, y así  en el siglo XVI, XVII y XVIII ya se empezaron a intensificar estos vínculos de comercio y asimismo empiezan grandes acumulaciones de riqueza debido a la explotación y saqueos que se dieron durante la colonia”.

Después de esto, la producción industrial, agrícola y otras, se comienzan a intensificar y se empieza a  ver una amplia necesidad de satisfacer a mercados que demandan productos, entonces el comercio se desarrolla a pasos agigantados.

A estas alturas, vemos como el comercio internacional se vuelve cada vez más necesario y se empieza a formar un gran sistema comercial a nivel mundial de intercambio de mercaderías en el cual ya empezamos a ver un fuerte capitalismo e industrialización también.

Otro hito es  la Revolución industrial que también constituye un hecho que marcó diferencias en  el mundo entero y el comercio, claro ejemplo tenemos en el desarrollo de  la industria mecánica en Inglaterra que llego a ser una potencia, lo que causó que la producción industrial prevalezca sobre el capital comercial, ya que se empiezan a producir grandes cantidades de bienes, los mismos que serán distribuidos por todo el mundo, dándose así la exportación de mercaderías y de igual manera la importación de las mismas.

Cada país fue desarrollando sus técnicas y explotando los productos que de acuerdo a su ubicación geográfica les fue más fácil y útil abrirse mercado en estas áreas, implementando cada vez más y mejores tecnologías lo que permitiría desarrollar un crecimiento notable en el comercio exterior y así, estas fuerzas productivas van contribuyendo  cada día más a su avance, pero también hay que tener en cuenta la influencia que tuvo el capitalismo en todas las operaciones de comercio y en el desarrollo de la industria en sí.

Desde estas épocas, ya se vio un incremento en el [3] “proteccionismo que existía en el capitalismo mercantil manufacturero, lo que causó una gran limitante en el intercambio comercial de mercaderías”, ya que para esto empezaron a surgir impuestos y aranceles en los diferentes países que dificultaban  este intercambio, además de las diversas  regulaciones que se adoptaban al interior de cada estado y sus aduanas, lo mismo que se puede mirar desde un doble punto de vista, en primer lugar, se lo puede ver como un factor proteccionista  a todos aquellos países que se veían en desventaja ante países más poderosos y era la única forma de contrarrestar y asegurar su mercado sin verse afectados, y por otro lado, un factor  librecambista que permitía una apertura total del comercio para aprovechar todas sus ventajas, pero  de igual manera hay muchos países que se verían afectados por esta política.

Ya a finales del siglo [4]XIX y principios del siglo XX, podemos ver como el comercio va tomando un rumbo mucho más marcado, con grandes cambios en la industria y tecnologías que permiten hacer más eficientes y dinámicos todos los procesos de comercio además  de ver la inmensa influencia que tienen países desarrollados o potencias sobre aquellos que se encuentran en vías de desarrollos, vemos así el imperialismo, el caso de USA, que ha dominado el mundo con su economía y comercio tan poderoso al igual que otros países como actualmente China.

Todo este proceso ha pasado por grandes dificultades como la primera y segunda guerra mundial, que afectó a los mercados y a la economía en general así como también el fin de la II Guerra  marco un hito muy importante para el  desarrollo e industrialización de nuevos países, nuevas formas de progreso y surgimiento de grandes industrias en ciertos casos, ya que de ahí en adelante fue un gran problema la guerra fría.

Conforme fue avanzando el comercio y la economía crecía a paso agigantados, se fue dando una facilidad mundial para el intercambio de mercaderías, pero para esto fue fundamental establecer normas y principios a los que pudieran adherirse los distintos estados y de esta manera hacer una relación llevadera, ordenada y dentro del derecho para que no existan conflictos, para esto se creó  en el aspecto monetario el FMI, Fondo Monetario Internacional, el BIRF, Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, así como un acuerdo comercial surgido en 1947, firmado por 23 países denominado  [5]”Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, que es el llamado GATT en ingles (General Agrement on Tariffs and Trades.), que nace después de la Organización Internacional de Comercio en 1946. Después de esto en 1964, se crea la Confederación de Naciones Unidas sobre el comercio y desarrollo con sus siglas UNCTAD, que es un órgano de la asamblea de las Naciones Unidas.”

Como resultado de un arduo trabajo de integración nace la Comunidad Económica Europea, que pretende unificar a todo el continente y así crear un bloque económico grande y poderoso capaz de afrontar las grandes exigencias mundiales como uno solo, dejando de lado conflictos y diferencias y tomando una postura razonable de unión y progreso, ya que esta era su única posible salida a una debacle de dicho continente, con lo  cual podrían  salir al mundo como un gran estado supranacional capaces de ser autosustentables y autosostenibles, así como para defender su economía, su comercio e industrias de otras potencias u otros bloques económicos muy poderosos.

Teniendo a esta unión como un modelo de desarrollo a seguir, a nivel mundial se ve la necesidad de la creación de uniones similares entre países para así fortalecerse en todos los ámbitos, tenemos el claro ejemplo del Merco Sur, la Comunidad Andina de  Naciones, y otros bloques económicos similares que pretenden desarrollarse y fortalecerse.

Para todo esto, es necesario que hagamos referencia a ciertos aspectos que sin lugar a dudas marcaron diferencias en las dos últimas décadas del siglo anterior, así como el crecimiento económico de Alemania y Japón,  debilitamiento del sistema socialista a nivel mundial, grandes avances en  tecnología, ciencia, biología e industria.

Ante todo esto es evidente que no todos los países han logrado alcanzar el mismo desarrollo en estos ámbitos, por esto vemos que el comercio mundial ha tenido una concentración mayoritariamente en países que si han logrado un desarrollo notable en sus economías, su industria y comercio.

Vocablos técnicos

Dentro de todo proceso de importación y en el comercio exterior, siempre vamos a encontrar una diversidad de términos, los mismos que son utilizados para los diferentes trámites  y etapas de una importación, así es importante establecer un apéndice de los términos más utilizados para familiarizarnos y saber su significado y utilidad al momento de proceder así:

[6] ACE Acuerdo de Complementación Económica. Son acuerdos que favorecen el intercambio económico entre países.
Acuerdos Comerciales Acuerdos entre dos o más países que regulan y mejoran sus relaciones comerciales. Tienen un carácter arancelario con el [7]objeto de encontrar ventajas.
Aduana Unidad administrativa encargada de la aplicación de la legislación relativa a la importación y exportación de mercadería, como el control del tráfico de los bienes que se internan o externa de un territorio aduanero, realizando su valoración, clasificación y verificación, y de la aplicación y la fiscalización de un régimen arancelario y de prohibiciones.
Agente de Transporte Aduanero Aquel encargado de la representación de los transportistas y sus servicios dentro de la aduana.
ALCA Área de Libre Comercio de las Américas. Dado en  1994 y tiene como meta eliminar las barreras aduaneras entre los países de la Región.
Antidumping Tiene como objetivo  imponer un derecho que equivalga a la diferencia entre el precio de venta de los bienes en el país de origen, y el precio de venta en el país del importador.
Arancel Impuesto que se carga a las mercancías cuando ésta se importa o exporta.
Área Aduanera Es el área en la que se encuentran las aduanas por donde entran [8]y salen todas las mercancías.
Balanza Comercial Son aquellas transacciones comerciales que las realiza un estado fuera de este o en otro estado durante un tiempo determinado generalmente se lo contabiliza por años basados en sus importaciones y exportaciones.
Banco Corresponsal Termino utilizado en el crédito documentario, que es el banco que recibe  la notificación de la apertura de una carta de crédito y sus formas.
Banco Confirmador Es aquel banco que confirma la carta de crédito.
Banco Emisor o Interviniente El importador es quien le dice cómo y cuándo abrir la carta de crédito a favor del exportador.
Beneficiario Aquella persona que se beneficia del crédito, que es el exportador.
BID Banco Interamericano de Desarrollo.
Cabotaje Es el tráfico que realizan las embarcaciones entre los puertos de su estado sin alejarse de la costa.
CAF (Currency Adjustement Factor)[9] Factor de Ajuste de Moneda. Influye en el flete.
Cámara de Comercio Asociación que congrega o agrupa a los comerciantes de cada estado para protegerse.
Carga Son las mercancías.
Cláusula de la nación más favorecida Esta cláusula se la incorpora en los acuerdos o tratados de comercio, en la cual se estipula que todos los beneficios, ventajas o franquicias que se puedan dar en adelante   a cualquier tercer país uno de los contratantes, se harán automáticamente extensivo a los otros contratantes.
Contenedor: Embalaje metálico grande y recuperable, de tamaño  uniforme a nivel mundial.
Consolidación: Inclusión de algunas cargas de tamaño reducido en un embarque único para aplicar las tasas portuarias correspondientes a los recipientes completos de carga.
Dumping: Venta de productos de un país a otro a precios inferiores a los de exportación establecidos o por debajo de los costos de producción en el país de origen.
Embalaje: Manera de proteger las mercaderías utilizando materiales para recubrirlas.
[10]Embarque: Es la carga.
Factoring: Cesión que la empresa exportadora hace a un intermediario financiero sobre el derecho de cobro de los créditos otorgados, a un interés preestablecido, pudiendo este asumir o no el riesgo de la operación.
FORWARDER: Expedidor, remitente.
IATA: Asociación de Transporte Aéreo Internacional.
Joint Venture: (inglés) Asociación temporal de empresas para desarrollar un proyecto; sociedad mixta con riesgo compartido.
Líneas de Crédito: Se refiere a los créditos que los bancos ponen a disposición del usuario para determinados fines.
Materia prima: Materia no transformada, utilizada para la producción de un bien.
Muestra comercial: Modelas de una mercadería determinada que se envían a los clientes para que los analicen.
Póliza de Seguro: Documento en el cual se establecen las condiciones contratadas entre las partes con respecto al seguro.
Régimen Aduanero: [11] Tratamiento aplicable a todas las mercaderías sujetas al control de la aduana de acuerdo a las legislaciones de cada país.
Tasa: Derecho que percibe el Estado como persona soberana, por servicios o prestaciones especiales o individualizables, de carácter jurídico-administrativo, organizados con fines colectivos y que les paga el usuario a su solicitud.
Transbordo: Acto por el cual se realiza una transferencia de las mercaderías de un medio de transporte a otro.
Unión Aduanera: Manera de integración económica en el que se unen dos o más aduanas de distintos países.
Warrant: Significa garantía. Es un certificado de depósito emitido por las autoridades de un depósito fiscal o privado.

 

Incoterms

Los incoterms son el conjunto de reglas de aplicación internacional, que tienen la misión de definir y facilitar la interpretación de los términos usuales en el comercio.

En el comercio internacional será muy frecuente que el importador y el exportador pertenezcan a países con cultura, idioma y costumbres distintos, donde posiblemente, las legislaciones aplicables en materia mercantil sean muy ajenas la una de la otra; lo que provocaría que las negociaciones se vean dilatadas o se creen conflictos en el proceso de compra venta a causa de la falta de entendimiento.

El crecimiento progresivo del tráfico mercantil ha venido exigiendo que se de una solución a las discrepancias que puedan surgir en la compra venta internacional de mercancías, lo cual, con el tiempo generó la creación de los ahora llamados incoterms, con lo que, tanto vendedor como comprador pueden saber exactamente el alcance de sus obligaciones.

Para todo esto, los Estados Unidos de Norteamérica,  en el año de 1919 tomó la iniciativa de adoptar los llamados incoterms los mismos que fueron codificados por la CCI, Cámara de Comercio Internacional, que fueron aceptadas más adelante por los distintos países, y en 1936 se presentaron sus reglas interpretativas.

Después de esto, se han dado algunas modificaciones o mejoramientos a los incoterms, lo que ha sido tomado de una manera positiva para el comercio internacional,  hasta la actualidad. Los últimos Incoterms que corresponden al año 2000, representan a un importante mejoramiento, debido a los diversos cambios que ha sufrido el comercio internacional en cuanto  a sus formas de transporte, sus negociaciones, agilidad en los pagos y sus diversas formas, así como también los tratados de libre comercio y la formación de grandes bloques económicos como la Unión Europea que ha facilitado mucho el comercio y además se vio la necesidad de que sus relaciones comerciales se encuentren reguladas y protegidas.

El uso de los incoterms, da la apertura de contratar otros términos que aun no se encuentren regulados, siempre y cuando no afecten a  la seguridad jurídica y no vayan en contra del derecho.

Por todo lo antedicho,  vemos claramente que los incoterms, son de fundamental importancia en el comercio internacional,  creando seguridad, rapidez y agilidad al momento del traslado de mercaderías y de su negociación, estableciendo claramente los límites de las obligaciones tanto de los compradores como los vendedores.

[12]Estos términos comerciales son 13 y están divididos en cuatro grupos según el tipo de operación:

GRUPO E:

  1. EXW

GRUPO F:

  1. FAS
  2. FOB
  3. FCA

GRUPO C:

  1. CFR
  2. CPT
  3. CIF
  4. CIP

 

[13]GRUPO D

  1. DES
  2. DEQ
  3. DDU
  4. DDP
  5. DAF.

 

Grupo E: EXW.- Ex Works, que significa “en fabrica”, en donde encontramos dos momentos, el primero en el que el vendedor pone a disposición su mercadería en su local en donde sus obligaciones termina, y el segundo momento en el que el comprador se hace cargo de esta, corriendo con todos los cargos y riesgos que esto implica, adquiriendo todas estas obligaciones. De esta manera el vendedor se libera de toda responsabilidad, hasta de cargar la mercadería en el vehículo de transporte.

 

Grupo F: FCA.- Free carrier, que significa Franco Transportista, en donde  el vendedor ha cumplido con su obligación cuando ha entregado y despachado la mercadería en el lugar o sitio que se ha pactado con el comprador;  la mercadería será entregada al transportista que se lo haya designado, en donde el vendedor es el responsable de la carga si dicha entrega es realizada en su establecimiento y cuando esta entrega se la ha realizado en un lugar diferente el vendedor corre con los riesgos de la entrega de la mercadería pero no con los riesgos que sufre por su descarga.

 

FAS.- Free Alongside Ship, que significa Franco al costado del Buque, en el cual, la obligación del vendedor se ha cumplido cuando  hace el depósito de la carga a un costado del buque que va a transportar la mercadería en el puerto de embarque preestablecido, haciéndose cargo de todos los cargos y riesgos que se den hasta dicho momento.

 

FOB.- Free on Board, que significa franco a bordo, esto quiere decir que la obligación del vendedor es  de entregar la mercadería despachada de aduana de exportación en el lugar convenido por las partes, debiendo el vendedor encargarse de todos los trámites necesarios para la exportación hasta el momento que la mercadería se encuentre dentro del buque y  a partir de esto todos los riesgos corren por parte del comprador. Costos adicionales que tiene que afrontarlos el comprador son el flete y el seguro; Este incoterm se lo utiliza únicamente cuando el dicho embarque se lo realiza vía marítima.

 

Grupo C: CFR.- Cost and Freight, que significa, costo y flete, que hace referencia a que el vendedor cubre  todos los gastos de transporte  para que la carga llegue al puerto pactado y en cuanto al comprador, este adquiere el riesgo en cuanto la mercadería se encuentra sobre el buque así como también el resto de gastos correspondiente al desembarco y llegada al puerto de destino.

Este incoterm se lo utiliza cuando las cargas se las envía vía marítima, fluvial o lacustre.

 

CIF: Cost, Insurance and Freight. – Costo, Seguro y flete, lo que implica que el vendedor tiene la obligación de hacerse cargo de todos los costes que implica el flete como en el caso anterior, pero aquí además tiene la obligación de hacer el pago de una prima para el aseguramiento de dicha carga hasta el lugar o puerto de destino desde el momento que la mercadería se encuentra ya sobre el buque.

Aquí, como vemos, el  vendedor se  obliga a pagar el flete y tomar una póliza de seguros a favor del comprador, esta, con una cobertura mínima, la misma que cubrirá hasta la llegada de la mercadería al puerto de destino convenido.

Este incoterm, se lo utiliza en todos aquellos embarques marítimos

 

CPT: Carriage Paid to.- Transporte pagado hasta, en donde el vendedor,  pagara los costes y el flete del transporte hasta que la mercadería llegue al punto preestablecido por las partes,  incluidos todos los gastos de exportación y permisos, hasta ese lugar y después se transmite al comprador todos los riesgos; este incoterm se utiliza para cualquier medio de envío, y además el seguro corre por cuenta del comprador.

 

CPI: Carriage and Insurance Paid to. Transporte y seguro hasta, vemos claramente que es un caso similar al anterior, en el que la obligación del vendedor es la de correr con todos los costes de exportación y flete hasta un lugar o Puerto que se haya pactado, pero además este  incluye el  valor del seguro de la mercadería, mientras que el comprador recién adquiere dicho riesgo en el lugar o puerto en el cual se ha pactado la entrega de la mercadería.

 

Grupo D: DAF: Delivered at Frontier.- Entrega en frontera, es decir, que el vendedor debe correr con los gastos de transporte o flete interno  hasta la frontera de su país antes de rebasar la misma y no debe pagar impuestos.

 

DES: Delivered ex Ship.- Entregada sobre buque, que hace referencia  al mismo caso anterior, pero con la diferencia que antes se hablaba de frontera terrestre cuando el flete se lo hace por esta vía, pero en este caso, vemos que el flete es marítimo por lo que se toma como línea fronteriza cuando la mercadería llega al puerto; Aquí la obligación del vendedor y su responsabilidad llega hasta el momento que deja la carga en el puerto y desde ese momento la asume el comprador.

 

DES Delivered ex Ship.- Entregado sobre Buque,  de donde el vendedor tiene la responsabilidad total de la mercadería hasta que esta es puesta sobre el buque en el lugar convenido por las partes,  es hasta ahí donde asume el riesgo y los costos, después de esto, el comparador asume con todo esto; en este caso el transporte puede ser únicamente marítimo o fluvial.

 

DEQ: Delivered ex Quay.- Entrega en Muelle,  es decir,  el vendedor corre con todos los gastos y  riesgos de la mercadería hasta el momento en que esta se encuentre en el puerto o muelle que las partes hayan convenido a partir de lo cual, el comprador será el responsable de todos los gastos y riesgos de la carga, este tipo de Incoterm se lo utiliza únicamente cuando hay transporte marítimo o fluvial.

 

DDU: Delivered Duty Unpaid .- que significa Entregada Derechos no Pagados, es decir,  cuando el vendedor tiene la obligación de correr con todos los gastos y riesgos de la mercadería hasta ponerla a disposición del comprador en el lugar que estos hayan pactado en el país del comprador. Es obligación del comprador pagar todos los gastos de aduana,  menos  el descargo de la mercadería, ni nacionalización de los productos.

En este tipo de Incoterm la forma de traslado puede ser cualquiera.

 

DDP: Delivered Duty Paid.- Entregada derechos pagados, en este caso es obligación del vendedor entregar la mercadería en el lugar donde se ha pactado con el comprador y además debe correr con todos los gastos y riesgos de exportación y de igual manera los de importación, incluyendo impuestos y aranceles, y para esto se puede utilizar cualquier tipo de transporte; aquí, la descarga corre por cuenta del comprador.

Compraventa internacional de mercaderías

La compraventa, es aquel contrato por medio del cual  una de las partes se obliga a transferir la propiedad  de una o varias cosas a otra u otras, la misma que se obliga a recibirla y a pagar por esta un  precio cierto en dinero.

Para el análisis de este contrato, es necesario  hacer  referencia a  nuestro Código Civil, el cual en su Art.  1732, inspirado en el Derecho Romano, define a la compraventa como “El contrato en el que una de las partes se obliga a dar una cosa, y  la otra a pagarla en dinero. El que contrae la obligación de dar la cosa se llama vendedor, y el que contrae la de pagar el dinero, comprador. El dinero que el comprador se obliga a dar por la cosa vendida se llama precio.”

[14]Podemos ver claramente que en este contrato intervienen tanto el comprador como el vendedor, y los bienes o mercaderías objeto de dicho contrato así como otro elemento fundamental que es el precio. Encontramos también sus características fundamentales que son:

a.)Bilateral.- Los contratos son bilaterales cuando ambas partes quedan obligadas a dar, hacer o no hacer una cosa, como compensación de la prestación de la otra, como son la cosa y el precio.

b.)Consensual.- Cuando el contrato se perfecciona con el mero consentimiento de  las  partes.

c.)Obligatoriedad.- Es decir, lo que ha de hacerse, ejecutarse, cumplirse en virtud de lo que diga el contrato.

Podemos encontrar también dos factores fundamentales en este contrato como son:

a.)Domicilio de los contratantes.

b.)El objeto del contrato.

c.)Criterio Mixto.

Ahora bien, partiendo de este concepto y sus características, haremos referencia específicamente a la compraventa internacional de mercaderías, a la misma que  también se la denomina “compraventa a distancia”, lo que nos indica que las partes que intervienen se encuentran en distintos países, lo mismo que origina diferentes conflictos al momento de la aplicación de distintas legislaciones como en el caso de los países influenciados por el derecho francés, el derecho romano o el common law,  para lo cual se pretende crear una uniformidad en estas relaciones con la lex mercatoria, con el objetivo de hacer más fáciles, ágiles y eficientes dichos actos fundamentándose en los usos y costumbres internacionales del comercio, lo que ha permitido ir construyendo un marco legal  que garantice una seguridad jurídica a  esta actividad.

Esta uniformidad en la reglas de aplicación al contrato de compraventa internacional de mercaderías, las vemos reflejadas en distintos aspectos como son los Incoterms, que son reglas internacionales  para la interpretación de los términos comerciales, que nos permiten tener una terminología  comercial uniforme; así también,  tenemos normas internacionales sobre este contrato  en la “Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías  suscrita en Viena  en 1980”.

Todas estas normas  hacen posible una actividad comercial mundial uniforme, rigiéndose a estos principios, mismos que los analizaremos a continuación.

En el tratado de Viena,  se hace referencia a los aspectos de fondo y forma a los que debe sujetarse este contrato,  partiendo  de su ámbito de  aplicación, lo que es evidente que dicho tratado se aplicara en todos aquellos países que se hayan suscrito al mismo, y exclusivamente sobre la formación del contrato, referente a la oferta y la aceptación como también a los derechos y obligaciones del comprador y vendedor y no en cuanto a  la validez del contrato.

En cuanto a su forma, este convenio, no la establece, sino más bien, deja  abierta la opción para que las partes la realicen como deseen pudiendo ser escrito o tácito.

[15]En la parte II de la Formación de los contratos, Arts. 14 al 24, de este convenio, se establece claramente  el perfeccionamiento de este contrato, tomando en cuenta:

  1. La Oferta: Debe estar dirigida a uno a varias personas determinadas, misma que debe ser precisa para que pueda surtir un efecto y de esta manera pueda ser aceptada; la oferta también puede ser retirada o revocada hasta que se perfeccione el contrato.
  2. La Aceptación: Debe ser expresa para que surta efecto.

Este contrato, puede modificarse o extinguirse por acuerdo de las partes, y si es necesario se lo tendrá que hacer por escrito. Como ya se menciono, las partes que intervienen son el comprador y el vendedor y a su vez, estos tienen  obligaciones, las mismas que son:

Obligaciones del  vendedor:

a.)Entrega de las mercaderías.- La mercadería debe ser entregada en el lugar pactado, y si no se lo ha hecho se la entrega directamente al transportista o ponerlas a disposición del comprador.

b.)Transmitir su propiedad.-

c.-)Entregar los documentos relacionados con dicho contrato.- Si existen documentos que tienen que ser entregados, se lo hará en el lugar y la forma pactada.

d.)Examen de la mercadería objeto del contrato.- El comprador debe estar conforme con el producto que se le ha vendido por lo que el vendedor tiene que realizar un examen previo a su entrega.

[16]Derechos del vendedor:

a.)Podrá ejercer la acción de incumplimiento;

b.)Declarar resuelto el contrato y

c.)Exigir la indemnización de daños y perjuicios ocasionados.

 

Derechos del Vendedor:

a.)Pagar el precio.

b.)Recibir las mercaderías en las condiciones pactadas.-

 

-En cuanto a las obligaciones del comprador tenemos:

a.)Pagar el precio.- El comprador debe pagar o entregar la suma de dinero que se ha pactado.

b.)Recibir las mercaderías en las condiciones y forma  establecidas en el contrato.

c.)El comprador está obligado a realizar todos los actos necesarios para la recepción de la mercadería.

-Derechos del comprador:

a.)El comprador podrá exigir el cumplimiento de sus obligaciones.

b.)Determinar un plazo suplementario para su cumplimiento.

c.)Podrá declarar resuelto el contrato  siempre que medie un incumplimiento

d.)Exigir el pago de daños y perjuicios.

e.)Decidir sobre la baja de precios.

 

Al haber analizado exhaustivamente el contrato de compraventa internacional, vemos la gran importancia que tiene en el mundo entero, en las relaciones comerciales y económicas entre los distintos países además de dejar claro que se pretende unificar las normas que al respecto se aplican para crear una seguridad jurídica y así garantizar una correcta y segura circulación de mercaderías en el mundo entero.

Crédito documentario

Dentro del comercio internacional,  entramos en  un plano muy difícil  cuando hacemos referencia a los pagos, financiamientos, créditos y todo lo que tiene que ver con el dinero y el momento de su pago,  lo que implica algunas dificultades para las partes, tanto comprador como vendedor  ya que tienen que cumplir con algunas formalidades y requisitos para que la operación que se realiza tenga efectos y sea segura para las partes.

El crédito documentario es entonces un medio de pago  que fue creado sobre todo para dar seguridad a las partes intervinientes en una compraventa internacional,  ya que existen dificultades muy grandes como las distancias entre las que se encuentra el comprador y el vendedor, entonces mediante esta figura se garantiza el cumplimiento de dicho pago;  estas dificultades se traducen en  la inseguridad  tanto del comprador como del vendedor de la forma y efectividad al realizar sus pagos como al  momento del cobro; otra dificultad pero que la resuelve el banco, son todos los aspectos cambiarios y monetarios, las restricciones monetarias y todos los aspectos prácticos de dichas operaciones; y por último, las dificultades que tienen que ver con la mercadería propiamente dicha, al  momento de revisarlas, cuando se negocia o se compra por primera vez y se duda de su calidad o veracidad.

 

[17]Podemos de esta manera  decir que crédito documentario es “ todo convenio, cualquiera sea su denominación  o designación por medio del cual el banco emisor, obrando por solicitud y de conformidad con las instrucciones de un cliente que es el ordenante del crédito,  debe hacer un pago a un tercero que es el beneficiario, o autoriza a otro  banco para que efectúe  el pago o para que pague, acepte o negocie las dichas letras de cambio;  contra la entrega de los documentos exigidos, siempre y cuando se cumplan los términos y condiciones de crédito.”

Refiriéndonos a su naturaleza económica, podemos decir que es un medio de pago ya que a través de este  realizamos el pago de determinada mercadería; es también  un instrumento de financiamiento que puede favorecer al comprador al momento de realizar una compra, así no tiene que pagar la totalidad al momento de realizar la misma, y  además un instrumento de aseguramiento para las partes intervinientes en dicho contrato.

[18]Las partes que interviene en el crédito documentario son en:

  • Ordenante .- que es el comprador o importador, quien es el encargado de gestionar en su banco se proceda al pago de una cantidad que es el precio de los bienes, que puede ser a la vista o a plazos;
  • Banco emisor.-  Es el banco del ordenante que previo un estudio, resuelve abrir un crédito al ordenante a favor de un tercero, y este por lo general se encuentra en otro Estado.
  • Banco Corresponsal.- Este banco es aquel que se encarga   de avisar  la apertura del crédito a favor del beneficiario  y además tiene la obligación de pagar al beneficiario  en el momento preciso o pactado.
  • Beneficiario.- Es el vendedor o exportador, es la persona a cuyo favor el banco ha emitido la carta de crédito obligándose a cumplir con el mismo.

Los documentos que normalmente se utilizan dentro del crédito documentario son las facturas comerciales,  pólizas o certificados de seguros,  certificados de transporte o  certificados de origen.

Dentro de los créditos documentarios, tenemos algunas clases de acuerdo con lo que establece la publicación No. 500 de la CCI, como son:

-Crédito revocable.- Es aquel que el banco emisor, lo puede cancelar o modificar  en cualquier momento y sin previo aviso al beneficiario, el mismo que no se lo utiliza mucho en la práctica ya que no garantiza el cumplimiento de la obligación al dar al banco la facultad de cancelarlo.

-Crédito Irrevocable.- Es un crédito documentario que únicamente puede ser cancelado o  modificado, así como del banco confirmante o del beneficiario. Este es el más utilizado  en la práctica.

Podemos encontrar también  los llamados créditos Especiales,  entre los cuales encontramos:

-Créditos renovables automáticamente o Créditos rotativos.- Este crédito se da cuando su valor, es renovado en tiempo o valor, según como se haya contratado y puede ser revocable o irrevocable.

-Créditos con clausula roja.- Un crédito de este tipo, es aquel que  da la posibilidad o permite al vendedor utilizar algunos recursos financieros necesarios para dicha transacción.

Esta se utiliza en casos especiales como por ejemplo, cuando en la negociación se establece que las mercaderías objeto del contrato, deben cumplir con ciertas características especificas para dar cumplimiento al mismo.

-Crédito Transferible.- Este crédito da la capacidad  de transferirlo por el beneficiario original a otro u otros, a un tercero. Este crédito comúnmente se da cuando el primer beneficiario  no es el proveedor original de las mercaderías sino cuando ha intervenido como un intermediario. Se lo puede transferir por una sola vez.

-Crédito respaldado o vinculado.-  En cuanto a este tipo de crédito, el vendedor de las mercaderías, al igual que el beneficiario de dicho crédito,  lo otorga al banco en forma de garantía para poder emitir otro crédito.

Para todo esto, es importante detallar el procedimiento que se emplea para la emisión o apertura del crédito documentario, para lo cual partimos del hecho que un comprador y vendedor o a su vez un importador y un exportador han realizado un contrato de compraventa para  el cual se ha estipulado que el pago se haga a través de un crédito documentario;  partiendo de esto,  tiene que hacerse una petición al banco, solicitando la apertura de un crédito a favor del  vendedor que es el beneficiario, trámite que debe estar acompañado con la siguiente información:

  • [19]Nombres, apellidos y dirección del  beneficiario.
  • Cuantía del crédito solicitado.
  • Determinar el tipo de crédito que solicita, ya sea revocable o irrevocable.
  • La manera de hacer efectivo el pago, puede ser a la vista, pago aplazado, aceptación o negociación.
  • Una descripción de la mercadería, su calidad cantidad y características.
  • La información correspondiente al flete y sus pagos.
  • El lugar de partida y el lugar de destino de las mercaderías, y si existe o no trasbordo
  • Determinar claramente los tiempos para proceder a realizar los pagos.
  • Lugar y fecha del vencimiento del crédito.
  • Indicar si el crédito es transferible.
  • La forma de notificación del crédito.

Cumplidos todos estos requerimientos, el banco emisor se encarga de la apertura del crédito, poniéndose en contacto con el otro banco que normalmente estará  ubicado en el país donde se encuentra el vendedor, al mismo que se le comunicará sobre  dicho crédito, mismo que se encargará de hacer la notificación respectiva al  vendedor que tiene a su favor un crédito.

Capítulo II

Introducción

En este capítulo, desarrollaremos todo el trámite de importación de mercaderías  empezando por sus conceptos básicos, analizando todos aquellos documentos que intervienen dentro de este proceso  y su importancia, es decir desde el momento de la negociación con el proveedor hasta la llegada o deposito de las mercaderías en el lugar de destino, analizando también   todos los trámites  aduaneros y  todo aquello que se encuentre dentro de esta relación comercial.

Importaciones

Al hablar de importaciones, hacemos referencia a todas aquellas mercaderías que ingresan al país proveniente del extranjero, siguiendo un proceso de nacionalización, para que después puedan ser puestas a disposición del público en general,  para su consumo.

Para el desarrollo de todo este proceso, es importante iniciar analizando los requisitos previos, que no son más que aquellas formalidades que las personas naturales o jurídicas deben cumplir para llevar a cabo una importación dentro del marco legal de nuestro país así:

  1. [20]Registro de Importación.-  Este constituye un requisito previo para cualquier trámite de importación, y consiste en que toda persona natural o jurídica deben tener un RUC, (Registro Único de Contribuyentes), constar en estado activo como para emitir comprobantes o facturas.
  2. Otros requisitos indispensables.-En caso que el importador traiga diferentes productos que requieran de un permiso y un registro de acuerdo al tipo de bien que importan, es necesario registrarse en:

-El CONSEP, Consejo  Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cuando los bienes importados son cualquiera de las sustancias químicas sujetas a la fiscalización del CONCEP, por lo que se debe obtener una calificación de este organismo cumpliendo el procedimiento que exige esta institución.

-El MAGAP, Ministerio de Agricultura  Ganadería  y Pezca,  exige una autorización para todas aquellas personas que deseen importar y comercializar fertilizantes (minerales, químicos, orgánicos); para esto se debe cumplir con todos los requisitos exigidos por este ministerio.

-El MINDEFENSA, Ministerio de Defensa, que exige un permiso especial para todas aquellas personas que importan  armas, municiones, explosivos y sus accesorios, cumpliendo  con todos los  requisitos que impone dicha institución.

-El MINSALUD, Ministerio de Salud,  que para realizar todo tipo de importación de bienes que tengan que ver  con medicamentos, y dispositivos médicos y cosméticos debe inscribirse a estos productos en un registro sanitario, productos que individualmente deben tener sus registros  autorizados y de acuerdo a los requerimientos exigidos por este ministerio.

-Registro en la MARINA MERCANTE,  para todas aquellas personas naturales o jurídicas que realicen sus importaciones vía marítima, deberán tener sus registros y permisos de esta institución para poder funcionar.

 

Una vez que el importador tiene estos permisos, puede empezar sus negociaciones y como  ya lo analizamos en el capítulo 1, se puede proceder  a realizar la negociación internacional mediante  un contrato de compraventa internacional siguiendo las especificaciones y requisitos  destacados y mencionados.

Una vez realizado esto,  pasamos a la siguiente etapa que son los procesos operativos que consisten en obtener las autorizaciones previas de acuerdo a los bienes o productos que se vayan a importar ya que estos pueden tener algunos condicionamientos, para lo cual el importador los debe tener en regla y actualizados, y una vez cumplido esto se deberá dar trámite e informar a la institución correspondiente de esto.

Estos permisos y autorizaciones son:

  1. [21]En el MIC, Ministerio de Industrias y Competitividad, en el que consta una lista de todos aquellos productos que necesariamente deben cumplir con ciertos requisitos y autorizaciones para su importación, para lo cual el importador debe cumplir con todas las formalidades exigidas en este ministerio, como por ejemplo en el caso de los licores.
  2. En el MAGAP, en el mismo que también consta una lista de todos aquellos productos que necesitan de una autorización, un permiso y un registro para poder ingresarlos al país.
  3. En el CCFA, Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, donde se exigen algunos requisitos previo la obtención de permisos  para la importación de todo tipo de armamento y municiones.
  4. En el MINENERGIA, Ministerio de Energía, que al igual que en los casos anteriores, se necesita un permiso especial otorgado por esta institución para  la importación de bienes que consten en las listas de dicho ministerio.
  5. En el Ministerio de Obras Públicas.- Cuando los bienes a importar requieren de permisos de este ministerio, se debe seguir con el trámite correspondiente para obtenerlos de acuerdo a sus requerimientos.
  6. En el CONSEP,  a quien corresponde dar el permiso de importación de todos aquellos productos controlados por ellos, para lo cual existen también requisitos previos y un listado de los productos que requieren de autorización y permisos.
  7. En el INEN, que para cumplir con los compromisos asumidos por el Ecuador y la adhesión a la OMC, antes de realizar la importación de determinados productos que de la misma forma constan en un listado, deben cumplir estrictamente con una serie de normas y requerimientos técnicos, como son  el código de lote, embalaje, envase, fechas de expiración entre otras.
  8. [22]En el CONASAN, Consejo Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutrición,  a través del cual se controla y se garantiza la buena calidad y el buen estado de los productos alimentarios que ingresan al país para evitar cualquier tipo de daños.

Cabe recalcar que también existen casos de  las llamadas IMPORTACIONES ESPECIALES, que son todas aquellas que se las realiza bajo regímenes creados únicamente para ciertas importaciones, para ciertas actividades y determinados países, como es el caso de la CAN, Comunidad Andina, las importaciones de ALADI, convenio CAN-MERCOSUR, importaciones para discapacitados, para cuerpos consulares y diplomáticos, vehículos de transporte entre otros, para lo cual existen muchas preferencias.

 

Gravámenes a las importaciones

La ley Orgánica de Aduanas establece algunos tributos al comercio exterior que son:

-Los Derechos Arancelarios establecidos en los respectivos aranceles.

-Los impuestos establecidos en las leyes especiales, y

-Las tasas por servicios aduaneros.

De estos tributos se desprenden también algunos más que deben ser pagados en toda importación, o son conocidos también como Derechos Arancelarios, así estos son:

-Ad-Valorem.- Que significa Sobre el Valor, es decir son un porcentaje que se calcula sobre uno de los valores convencionales del comercio exterior ej. CIF, FOB etc.

-Impuesto al Valor Agregado IVA.- Este impuesto debe ser cancelado de manera previa al momento del acto de desaduanizacion de las mercaderías cuando se han importado. Existen productos que están grabados con tarifa 0%.

-Impuesto a  los consumos Especiales ICE.- Este gravamen, está regulado den la ley de Régimen Tributario Interno, y es aplicable para las importaciones de determinados productos como vehículos motorizados de hasta 3.5 ton., cigarrillos, cervezas entre otros. Este valor o gravamen se toma a partir del valor CIF.

-Fondo de Desarrollo para la Infancia FODINFA.- Que es el 0.5 %ad-valorem CIF a todas las importaciones menos a las de tipo de consumo humano y farmacéutico.

-Aportación de  cuotas redimibles a favor de la CORPEI.- No es un impuesto o tributo, sin embargo es un valor que se recarga al valor de una importación, requisito que se debe cumplir para poder desaduanizar las mercaderías.

Documentos utilizados en el comercio exterior:

Dentro del comercio exterior, podemos ver algunos documentos que son indispensables para  que todas estas relaciones se lleven en orden, así  enumeraremos los más importantes y de mayor uso:

[23]-Carta de Crédito.-Es un documento o instrumento  otorgado por  un banco o entidad financiera que se encuentre acreditada para hacerlo por una solicitud presentada por un ordenante a favor de una tercera persona que es el vendedor.

-Factura Comercial.-Esta factura, es una prueba de la existencia de un contrato de compraventa necesario para realizar diferentes transacciones que tienen que ver con la mercadería. En estas, deben constar todos los datos  tanto del vendedor como del comprador, los términos de la negociación,  especificación de la mercadería,  sus precios individuales y  totales y los incoterms utilizados.

-Factura Pro Forma.- Es un documento emitido por el vendedor, quien después será el exportador,  a su cliente, con el objeto que este, pueda de manera clara y total conocer y saber qué es lo que está comprando, sus características, condiciones. Esta factura sirve para que el comprador  después de estar seguro de todo lo que está comprando y sus términos, empiece a realizar los correspondientes trámites para importación, pero para esto se necesita su aprobación y después el recibirá la factura comercial.

-Factura Consular.-Este documento es muy utilizado en el comercio internacional,  y son aquellas en las cuales  se necesita la confirmación o visto bueno de la autoridad consular, que es la que determina la autenticidad de las mercaderías que se están transportando  y la veracidad de toda la información que se encuentra en  dicho documento.

-Nota de embarque.-Este documento, lo emite el exportador o vendedor,   en el cual se determinan exactamente la cantidad de paquetes, sus dimensiones y calidad, esto para tener constancia y una confirmación de lo que está en camino, para tener una seguridad tanto para las empresas de transporte como para los  agentes de seguros y de aduanas también.

-Guía Aérea.- También conocida como conocimiento de embarque aéreo, o air waybill, o carta de porte aéreo, que consiste en un documento utilizado por las compañías aéreas para reconocer e identificar sus mercaderías al momento del envío, para entregarlas directamente a sus destinatarios y así lleva un registro organizado.

-Conocimiento de Embarque.- Es un documento otorgado por el capitán del buque, cuando la mercadería ha sido colocada dentro de la embarcación correspondiente para el envío.

-Certificado de Origen.-Es un  instrumento otorgado por  la autoridad correspondiente y competente de cada país mediante el cual se acredita  que la mercancía registrada en dicho documento, provienen o tienen su origen del mismo lugar que en el consta.

-Certificado Sanitario.-Instrumento por medio del cual, la entidad encargada debe realizar un análisis en el que conste que la mercancía transportada, no tenga ningún tipo de virus o gérmenes, para que no ingrese al otro estado y así pueda causar un grave daño.

[24]-Certificado de Análisis.- Es un documento  exigido por aquellas personas importadoras a sus vendedores o proveedores  para estar seguros y garantizarse que todo aquel producto que fue objeto de la negociación, conste de la misma manera, de la misma calidad y características pactadas, los mismos que son otorgados por laboratorios o instituciones que garanticen su veracidad.

-Certificado de Calidad.- En cuanto a este certificado, podemos decir que es un instrumento mediante el cual, se certifica la calidad de los productos comercializados en los diferentes mercados, es decir se verifica que este producto cumpla con los requerimientos preestablecidos para su correcta comercialización.

 

Declaración Aduanera y Desaduanización de las Mercaderías.-

En esta etapa del proceso de importación, vamos a analizar el momento en el que las mercaderías llegan al puerto de destino, en el cual tienen que ser correctamente desaduanizadas, cumpliendo con todos los requerimientos de la ley, así, cumpliendo primero con la declaración de las mercaderías que están llegando, tener en orden la documentación solicitada en la aduana para proceder con su tramitación, y así  proceder al Aforo, y además la intervención necesaria de un agente de aduanas de la siguiente manera:

Declaración Aduanera.- El propietario de las mercaderías,  de manera personal o mediante un agente de aduanas deberá presentar el formulario que le corresponda para  declarar todas las mercaderías que provienen del extranjero de acuerdo a lo dispuesto en nuestro régimen aduanero, durante los 7 días hasta los 15 días hábiles después del arribo de la mercadería. Para todo este proceso, el importador necesitara presentar los documentos que se señalan a continuación:

  • Conocimiento de embarque o guía aérea.
  • Factura comercial.
  • Póliza de seguros.
  • Certificado de Origen.
  • Aquellos exigibles por el COMEXI, consejo de comercio exterior e inversiones.
  • Si lo requiere INEN lo deben presentar también.

 

Una vez en orden todos estos documentos y requisitos, se presenta la declaración en la Aduana, dicho distrito aduanero se encargara de verificar la veracidad de la información que se encuentra en dicho formulario  y además los documentos que se acompañan al mismo, los antes mencionados, para garantizar el cumplimiento de todas estas formalidades; después de esto, si no se realiza ningún tipo de observación  a los documentos presentados,  se da aceptación a la declaración, dejando constancia de su fecha y otorgándole un numero o código que la identifique para dar paso a la siguiente parte del procedimiento de desaduanización.

Es importante tener claro que la declaración aduanera para tener validez y que pueda ser aceptada, no se la presentara con ningún tipo de manchas, errores, borrones o tachones.

Si al momento de presentar la documentación exigida, se dan observaciones,  se devolverá al declarante para que los arregle o corrija dentro de los tres días posteriores, momento en el cual se los presentara por segunda vez y serán aceptados una vez enmendado sus errores. Si el declarante se niega a dichas observaciones la declaración se considerara firme y tendrá que sujetarse obligatoriamente al aforo físico.

Después de todo esto, corresponde realizar el Aforo,  que es un acto administrativo de determinación tributaria que está bajo la responsabilidad de la administración aduanera que consiste en la verificación física o documental del origen, medida, clasificación arancelaria de la mercadería, calidad, valor, peso y su cantidad.

Para mayor seguridad, estas empresas o la CAE, podrán utilizar cualquier tipo de tecnología como sistemas de rayos x para realizar un exhaustivo control de las mercancías que están ingresadas y son objeto de dicho análisis.

Este Aforo será realizado por la propia administración  aduanera o de otra manera por aquellas empresas contratadas y autorizadas para realizar esto.

[25]El aforo físico, se realizará en los casos previstos en nuestra normativa.-

  • Cuando la mercadería resulte seleccionada para este aforo.
  • Por resolución de la administración aduanera.
  • Cuando el declarante no acepte las observaciones realizadas por la administración.
  • Por sorteo se determinará que carga será objeto del aforo físico.
  • Cuando el declarante pida a la autoridad administrativa.
  • Cuando el  importador está importando por primera vez.
  • Cuando la mercadería sea rara, y no existan antecedentes de ella ni de una importación similar.

Una vez sobrepasado esta parte del trámite, se dará la autorización de pago,  cuando se haya hecho la liquidación de los tributos que se deban pagar,  en aquellas instituciones autorizadas para recibir el pago.

Esta autorización de pago se la da únicamente después de que  el aforo documental se lo haya realizado y cuando se realiza el aforo físico no existe observación alguna, a partir de lo cual dicha mercancía será entregada una vez que todos los tributos han sido pagados y se obtenga el comprobante que garantice dicho pago.

Agentes de Aduana.- Dentro de todo proceso de importación, es indispensable y obligatoria la intervención de los agentes de aduanas, en las entregas o despachos de mercaderías en las importaciones, cuando su valor sea superior a los $ 2000.00,  el mismo que no es más que un fedatario aduanero que tendrá responsabilidades sobre sus actos.

 

Proceso  Grafico de Importación.

A continuación, detallaremos todo el proceso de importación de manera gráfica, para que queden claros todos los pasos que se deben seguir, así:

PARTE A

 

 

 

 

PARTE B

 

PARTE C

 

 

Parte D

 

Como hemos visto en este cuadro, son 12 pasos que hay que seguir para realizar de la manera más eficiente, rápida y sencilla una importación, claro está que cada uno de estos pasos deben estar de acuerdo a lo mencionado al principio de este capítulo, en lo que se refiere a los permisos y documentos que se requieren de acuerdo al producto que se desea importar.

 

Capítulo III

Introducción

Al haber ya analizado los principios básicos de las importaciones y todo lo que tiene que ver con ellas, a más de su procedimiento y tramites, es necesario tener una visión clara de todas aquellas normas que rigen dentro y fuera de nuestro país, es decir haremos un análisis de todas aquellas normas que tienen que ver con importaciones, empezando por la Ley Orgánica de Aduanas y sus aspectos más relevantes en cuanto a las importaciones, a los regímenes aduaneros como son los especiales y comunes, referencia a la CAE, Corporación Aduanera Ecuatoriana  y a los agentes de aduana,  de igual manera analizaremos nuestra ley de comercio exterior. En cuanto a tratados internacionales, es menester analizar lo correspondiente a la convención de Viena y  nos referiremos también a la OMC, Organización Mundial de Comercio así como también los bloques económicos más poderosos como la Comunidad Europea y un análisis de la realidad del Ecuador como miembro de la CAN, Comunidad Andina.

Legislación  Vigente

En cuanto a nuestro régimen de aduanas, haremos referencia a algunos aspectos la Ley Orgánica de Aduanas,  como son los regímenes aduaneros,  a la Corporación Aduanera Ecuatoriana y por último nos referiremos a los agentes de Aduanas.

 

Partiendo  por los regímenes aduaneros, nuestra  ley Orgánica de Aduanas, las determina como:

[26]a.-) Regímenes comunes.-

 

  1. Importaciones a consumo.- Se da cuando las mercaderías que ingresan al territorio Ecuatoriano, son debidamente nacionalizadas  y después son distribuidas o comercializadas a los consumidores dentro del mismo territorio.
  2. Exportación a Consumo.-  Se da cuando  existen productos o mercancías que se encuentran dentro del territorio nacional, son enviadas o exportadas al exterior para su consumo.

[27]b.-) Regímenes Especiales.-

  1. Tránsito Aduanero.- Lo encontramos  cuando las mercancías son transportadas dentro del territorio, entre las oficinas distritales pero que van a salir del país, es decir van a ser exportadas.
  2. Importación Temporal con Reexportación en el mismo Estado.-  Esta forma la encontramos cuando se realiza una importación de algún bien, únicamente por un tiempo determinado para cumplir con determinada actividad y al momento de finalizada la misma será enviada al exterior o devuelta.
  3. Importación Temporal para Perfeccionamiento Activo.-  Se utiliza para importar productos que serán debidamente transformados dentro del territorio aduanero y luego serán enviados al exterior para su consumo y distribución.
  4. [28]Depósito Aduanero.- Mediante este, las mercaderías son colocadas o almacenadas en los lugares para esto designado, durante un tiempo determinado, para que puedan después ser enviadas al exterior.
  5. Almacenes Libres y Especiales.- Es decir, todos aquellos lugares dentro de los aeropuertos y puertos en los cuales se pone a disposición de los particulares que por ahí transitan, a adquirir dichos productos sin pago de impuestos ni recargos de tazas.
  6. Exportación Temporal con Reimportación en el mismo Estado.- Consiste en la posibilidad de exportar mercancías al extranjero para que sean utilizadas con un fin determinado, y cuando cumplan su objetivo, podrán ser reimportadas al estado ecuatoriano
  7. Exportación Temporal para Perfeccionamiento Pasivo.-  mediante el cual, se puede realizar una exportación de mercaderías nacionales o nacionalizadas, por un determinado tiempo y después se da la posibilidad de ser reimportadas al territorio nacional.
  8. Devolución Condicionada.- A través de la cual, se permite una devolución de los impuestos que previamente han sido pagados por la importación de las mercancías que se exporten, dentro de determinados plazos.
  9. Reposición con Franquicia Arancelaria.-  Se puede mediante esta figura, importar algunas mercaderías con similares características o idénticas, que equivalen a las importadas a consumo,  después de un proceso de transformación regresaran al exterior

10.  Zona Franca.- Son aquellas que permiten el ingreso de mercaderías totalmente libres de impuestos  únicamente en aquellas zonas francas que no están sujetas al control de la Administración Aduanera

11.  Régimen de Maquila.- este régimen consiste en el ingreso de mercaderías determinadas por un tiempo determinado, las mismas que cumplen con un proceso de transformación y después son exportadas

12.  Ferias Internacionales.-  En estas ferias se puede dar el libre ingreso de diversas mercaderías exentas del pago de impuestos por el tiempo que dure dicha feria, con el objeto de promocionar y exhibirlas cumpliendo con los requisitos que la ley exige y sus permisos.

 

[29]c.-) Régimen particular o de excepción.

 

  1. Tráfico Postal Internacional y Correos Rápidos.- Todos aquellos envíos de paquetes que no sobrepasen el valor que establece la ley, serán enviados con una manera simplificada en toda su tramitación, es decir serán importados o exportados, pero todos aquellos paquetes que superen de los valores establecidos por la ley tendrán que necesariamente seguir los tramites que se siguen para  las importaciones o exportaciones según sea el caso.
  2. Tráfico Fronterizo.- Esto se refiere mas a los acuerdos internacionales, los cuales dan apertura al intercambio de mercaderías que serán utilizadas para uso o consumo doméstico entre las poblaciones que se encuentren en las fronteras; el estado Ecuatoriano será el encargado de delinear estos sectores para no crear conflictos en cuanto a su aplicación.

 

  1. Zona de Libre Comercio.- Como su nombre lo indica, son todos aquellos sectores que se encuentran autorizados para desarrollar actividades que tengan que ver con el intercambio de mercaderías, y a su vez, en estas áreas no se pagan impuestos pero de igual manera  están sujetas a las formalidades aduaneras.

 

 

É[30] Cambio de régimen

  1. Cambio de Régimen.- El cambio de régimen se da cuando todas aquellas mercaderías o productos  que se encuentran dentro de un régimen  suspensivo o liberatorio de impuestos aduaneros, tendrán la posibilidad de pasar a formar parte de otro régimen, pero para esto se deben cumplir con algunos requisitos preestablecidos por la ley y será autorizado por el Gerente Distrital, menos aquellas mercaderías que ingresen  al estado con el objeto de realizar obras publicas que  serán autorizadas por el gerente general de la Corporación Aduanera Ecuatoriana; Esta prohibido  el cambio de régimen de mercaderías ingresadas al consumo a cualquier otro régimen.

 

  1. Pago de Tributos.- “ Durante el trámite de nacionalización de las mercaderías, se tiene que realizar los pagos correspondientes que la ley establece, que en este caso se efectuarán  aplicando las tarifas y el tipo de cambio vigentes a la fecha de

Presentación de la declaración a consumo.”

“En cuanto a la reexportación de las mercancías importadas temporalmente para la construcción, de obras o prestación de servicios, se causará la parte proporcional de los impuestos aduaneros calculados sobre el valor depreciado del bien, aplicando las normas establecidas respecto al impuesto a la renta, con la tarifa y el tipo de cambio vigentes a la fecha de presentación de la declaración para la reexportación.

Para el caso de nacionalización de las mercancías importadas bajo este régimen, se

considerará el valor original del bien y se aplicará la tarifa y tipo de cambio vigente a la

fecha de presentación de la declaración a consumo.”

 

[31] La Corporación Aduanera Ecuatoriana

 

La Corporación Aduanera Ecuatoriana, conocida por sus siglas CAE, la encontramos regulada en nuestra ley orgánica de aduanas del Art. 104 al Art. 119, en donde se establece que es una entidad del Estado Ecuatoriano es decir es una persona jurídica de derecho Público, con total autonomía en todas las áreas  y tiene a su cargo todos aquellos procesos  aduaneros, los servicios que esto implique de manera que se pueda facilitar el comercio exterior. Tiene su domicilio en Guayaquil, pero jurisdicción en todo el territorio nacional, adicional a esto, tiene la capacidad para desarrollar todo lo que con la aduana tiene que ver en cuanto a su estructuración, organización y desarrollo, sus políticas en general.

La CAE, dentro de su organización está conformada por algunos órganos que los detallamos a continuación:

 

a) El Directorio;

b) La Presidencia;

c) La Gerencia General;

d) La Subgerencia Regional; y,

e) Las gerencias distritales.

 

Cada uno de estos órganos, desempeña un papel importante y sus funciones son específicas, para de esta manera poder desarrollar esta actividad aduanera en su debido orden.

 

[32] Los agentes de aduana

Los Agentes de Aduana, como lo establece el Art. 120 de nuestra ley Orgánica de Adunas, “son aquellas personas naturales  o jurídicas acreditadas o licenciadas por la autoridad que es  el Gerente General de la Corporación Aduanera el mismo que de acuerdo a sus atribuciones, le da la entera facultad de  gestionar de manera habitual y por cuenta ajena, el despacho de las mercancías, debiendo para el efecto firmar la declaración aduanera.

 

Estos agentes, lo que hacen, es dar fe de los actos que se realizan dentro de la aduana, de todos sus datos y además es responsable solidario  de la obligación tributaria aduanera, sin perjuicio de la Responsabilidad penal que legalmente corresponda”.

 

La CAE será el organismo encargado de crear la normativa que regirá para los agentes de aduanas.

 

[33]Ley de Comercio Exterior

Esta ley fue promulgada en Junio de 1997, y tiene por objeto normar y promover el comercio exterior en el Ecuador, definiendo así, temas  como el Comercio Exterior, en su Art. 2 que dice, «Sector Comercio Exterior al conjunto de organismos  y  entidades  del  sector  Público  y  de  instituciones o personas naturales o jurídicas del sector privado que participan en el diseño  y  ejecución  de  la  Política de comercio exterior de bienes, servicios   y  tecnología  que  desarrollan  actividades  de  comercio exterior   o   relacionadas  con  éste,  salvo  las  exportaciones  de hidrocarburos  que  realiza  el  Estado  Ecuatoriano y que continuarán sujetas  al  ordenamiento  legal  que  las  regula”.

 

Hace referencias también a todos su principios y sobre todo al cumplimiento de sus normas, en lo que tiene que ver a importaciones y exportaciones, creara las políticas necesarias para su desarrollo y armonía, en base a la constitución y a los principio de la organización mundial del comercio, y también se crea el COMEXI, consejo Nacional de Comercio Exterior, que está integrado  por:

 

a)  El  Presidente de la República o su representante permanente, quien la presidirá;

b) El Ministro de Comercio Exterior, Industrialización y Pesca;

c) El Ministro de Finanzas y Crédito Público;

d) El Ministro de Relaciones Exteriores;

e) El Ministro de Agricultura y Ganadería;

f) El Ministro de Turismo, entre otros.

[34]El COMEXI entonces, se encargará de determinar  las  políticas  de  comercio  exterior, expedir normas que crea necesarias para el comercio exterior, crear las estrategias necesarias para el desarrollo de esta área, analizar y recomendar a las autoridades correspondientes la creación de tratados de libre comercio, y todo aquello que tenga que ver con el desarrollo, la normativa y el funcionamiento en general del comercio exterior.

Es importante recalcar que al Ministerio  de  Comercio  Exterior, Industrialización  y  Pesca, le corresponde planificar, dirigir, controlar y ejecutar las  políticas de comercio; en cuanto a la promoción no financiera de las exportaciones e inversiones directas le corresponde a la CORPEI, Corporación  de  Promoción de Exportaciones e Inversiones.

Convención de Viena

[35]Como hemos podido ver, el comercio a nivel mundial ha desempeñado  un papel muy importante, para lo cual se han ido creando normas que regulen esta actividad, y así también se dio la Convención de Viena en 1980, Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías la misma que consiste en un texto conformado por 101 artículos uniformes del derecho sobre la compraventa internacional de mercaderías, el cual ha sido publicado en seis idiomas oficiales (ingles, español, ruso, francés, árabe, chino) y se divide en cuatro partes así:

  1. La primera parte que consta de dos capítulos:

-Ámbito de aplicación.

-Disposiciones Generales.

 

  1. La segunda parte hace referencia a la manera de forma con del contrato propiamente dicho.
  2. La tercera parte trata sobre la compraventa.-

-Disposiciones generales de la compraventa.

-Obligaciones del Vendedor, del comprador y el pago del precio.

-Transmisión del riesgo.

-Disposiciones comunes al vendedor y al comprador.

-Disposiciones finales.

Bloques Económicos

Hoy en día, todos los estados de una manera u otra, han buscado agruparse o juntarse con otros estados, primero como una forma de protegerse, tanto sus industrias,  como sus economías y segundo, para crear grupos poderosos que se puedan enfrentar en conjunto a un mundo globalizado y devorador muy exigente que sin estas agrupaciones se hace difícil la sobrevivencia o supervivencia de dichos estados de manera solitaria o aislada, por lo tanto desde hace algunas décadas se han venido desarrollando estas uniones entre estados de carácter comercial, económico, social, político y en muchos otros ámbitos, lo que ha permitido desarrollar grandes y poderosas fuerzas capaces de enfrentarse al resto del mundo, es el caso de la Unión Europea que analizaremos el caso más adelante,  el NAFTA de igual forma, y otros bloques que han ido surgiendo y se han desarrollado de una manera muy positiva pero no en los niveles de los antes mencionados, así tenemos la CAN, Comunidad Andina, el MERCOSUR, Mercado Común del Sur y otros bloques más que precisamente han nacido y se han agrupado por la inminente necesidad de trabajar en conjunto.

[36]De esta manera, es importante que tengamos una visión clara de lo que cada uno de estos significa y el papel que desempeñan, para así crear una relación de estos frente al comercio exterior a nivel mundial y con relación al Ecuador, empezando por la CAN.

  • Comunidad Andina: CAN.- Está integrada por  cuatro países con un objeto común, que es el de crear un desarrollo en todos los ámbitos más profesional, uniforme, equitativo, equilibrado mediante una integración de los países andinos y tiene su origen en el Tratado de Cartagena de 1969. Actualmente, los países miembros son Ecuador, Colombia, Perú y Bolivia. Dentro de su sistema organizacional, tienen algunos órganos de administración que dividen sus funciones para una mayor eficacia y efectividad. Aspecto fundamental dentro del comercio en este bloque económico, es la libre circulación de mercaderías, en donde se ha venido formando  una zona de libre comercio, es decir sin pagos arancelarios.
  • Unión Europea UE.- Conformada por 27 países europeos, establecida en noviembre de 1993 con el Tratado de la Unión Europea; sus características principales son las de supranacionalidad, un derecho comunitario, lo que ha permitido que este bloque económico pueda enfrentarse al mundo entero por su gran capacidad, unidad, fortaleza y organización, además de mostrarse al mundo como una potencia. Todo esto, como resultado de un sinnúmero de factores que han influenciado a que los estados europeos, se unan y formen parte de este bloque, como las guerras mundiales por las que han atravesado, entre otros, que han delineado una necesidad de estos países que les llevo a organizarse de la mejor manera para trabajar en conjunto. La UE tiene también algunas instancias de administración y de control, cada una con sus facultades para así llevar de una manera correcta todas sus relaciones. Algo muy particular de este bloque, encontramos en su economía, con un total del 18% de importaciones y exportaciones del volumen total mundial; Adoptaron también una moneda común que es el Euro, con un banco central Europeo y una gran organización en todos sus aspectos.
  • Mercosur.- Dentro del mercado común del sur, encontramos a Argentina, Brasil,  Paraguay y  Uruguay, que suscribieron el Tratado de Asunción en marzo de 1991 cuyos objetivos son promover el libre intercambio y movimiento de bienes, personas y capital entre los países que lo integran, y avanzar a una mayor integración política y cultural entre sus países miembros y asociados.
  • Tratado de libre Comercio de América del Norte  NAFTA. .- Es un tratado o bloque comercial integrado por Canadá, Estados Unidos y México que establece una zona de libre comercio, dada en enero de 1994 y no prevé organismos centrales de coordinación política o social. Existe sólo una secretaría para administrar y ejecutar las resoluciones y mandatos que se derivan del tratado mismo. Su objetivo fundamental es el de crear una apertura comercial y económica entre estos tres países con una libre circulación de mercaderías.
  • Área de libre Comercio de las Américas ALCA.- Pretende crear una integración latinoamericana y es un tratado que quiere impulsar el comercio reduciendo las barreras arancelarias, pero a partir del año  2005 el ALCA entro en una grave crisis, la cual muchos consideraron que era el fin de este, aunque actualmente se le esté dando apoyo por parte de algunos países y poco a poco se va fortaleciendo.

Conclusiones:

Es necesario tener un conocimiento claro de lo que significan las importaciones y el comercio exterior, ya que de un gran porcentaje de este rubro depende nuestra economía, para lo cual debemos tener una conciencia de seguir fomentando esta actividad desde muchos puntos de vista como son, el tener un buen marco jurídico que  regule estas relaciones,  buenos planes de incentivos que ayuden a  su mejoramiento y además, que toda las personas se encuentren en la capacidad de incursionar en este mundo y actividad, de manera que no les sea dificultoso desarrollar actividades de esta índole.

Para esto, se ha realizado un profundo análisis de todo el proceso histórico que sufrió el comercio hasta nuestros tiempos, sus regulaciones actuales, convenios internacionales y leyes, a más de identificar claramente que es un contrato de compraventa internacional, con todos sus elementos, vocablos técnicos y  cómo se desarrolla el mismo.

Otro aspecto fundamental es la sistematización que se ha realizado a todo el proceso en sí de importación de mercaderías, teniendo claro su marco legal y teórico, tomando en cuenta todos los elementos que en este proceso intervienen, como son la documentación internacional, los diferentes permisos requeridos, desarrollado de tal manera para que toda persona interesada en realizar una importación de mercaderías lo pueda hacer sin complicaciones.

Además de tener claro  todo el proceso de importación de mercaderías no se podía dejar de lado el análisis de nuestra normativa al respecto, para así determinar con claridad el marco en el que nos encontramos trabajando y se desarrolla esta actividad, es el caso de la convención de Viena, nuestra ley de comercio exterior y además nuestra ley orgánica de Aduanas, destacando sus partes más relevantes al momento de su aplicación en la práctica y también tener un conocimiento claro de la misma.

Como complemento a todo este proceso, se hizo referencia a la organización mundial en lo que a comercio y economía tiene que ver,  destacando los bloques económicos como la Unión Europea, la Comunidad Andina CAN, el MERCOSUR, Mercado Común del Sur, entre otros, que sin lugar a dudas es el reflejo de un gran desarrollo y globalización que está atravesando el mundo entero, frente a lo cual los distintos estados no pueden quedarse atrás, implementando así nuevas formas de organización o administración que dan como resultado la formación de estos grandes bloques que les permiten enfrentarse al mundo con mayor fuerza y peso.

Por todo lo expuesto, vemos como el comercio internacional, las importaciones y exportaciones, constituyen un papel muy importante en los estados, en su vida interna y externa también, tiene gran influencia, por lo que ha sido necesario hacer todo el análisis de estos temas para facilitar a las personas a su intervención en esta área, dotándole de un instrumento fácil y grafico para poder desarrollar esta actividad con la mayor eficacia posible.

 

Dr.  Francisco Gottifredi Neira

ecosustag@hotmail.com

Abril 2009

 

Bibliografía

  • CURSO DE LEGISLACIÓN MERCANTIL.- DR. CARLOS M. RAMIREZ R.
  • DERECHO SOCIETARIO.- DR. CESAR DÁVILA TORRES
  • EL WARRANT UNA INSTITUCION QUE VUELVE INCOTERMS Y CREDITOS DOCUMENTARIOS.- ALFREDO C.ROFRIGUEZ.- EDICIONES MACCHI
  • LEY ORGANICA DE ADUANAS DEL ECUADOR
  • LEY DE COMERCIO EXTERIOR
  • CODIGO CIVIL ECUATORIANO
  • CODIGO TRIBUTARIO ECUATORIANO
  • CONVENCION DE VIENA DE 1980
  • ACUERDO DE CARTAGENA
  • CREDICTO DOCUMENTARIO.- JORGE R. ALBORNOZ PAULA MARIA ALL .- EDICIONES JURIDICAS CUYO.
  • TERMINOS USUALES EN EL COMERCIO INTERNACIONAL.- GONAZALO BURBANO G. EDITORES PUDELECO.
  • LA COMPRAVENTA INTERNACIONAL.- IMPORTACIONE SY EXPORTACIONES. E. GUARDIOLA SACARRERA. EDITORIAL BOSCH
  • COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCADERIAS.- CONVENCION DE VIENA 1980. GARRO ZUPPI..- EDICIONES LA ROCCA.
  • COMERCIO EXTERIOR Y CREDITO DOCUMENTARIO.- CARLOS GILBERTO VILLEGAS. EDITORIAL ASTREA.
  • MANUAL DE EXPORTACIONES Y COMERCIO EXTERIOR.- DR. MARCELO GOTTIFREDI
  • ELEMENTOS DE FINANZAS INTERNACIONALES.- JAMES-OTIS RODNER S.
  • CONTRATOS COMERCIALES MODERNOS. JUAN M. FARINA.
  • MANUAL DE IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES DEL ECUADOR. EDICIONES PUDELECO.
  • CUENTOS CHINOS. ANDRES OPPENHEIMER.
  • www.comunidadandina.org
  • www.cae.gov.ec
  • www.emagister.com
  • www.wto.org
  • www.elhistoriador.es

 

 

Nota del autor: El presente trabajo es la tesis previa a la obtención del título de abogado de los Tribunales de Justicia de la República del Ecuador, en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad del Azuay. Ofició de Director el  Dr. Remigio Auquilla Lucero (Cuenca, 2.008).


[1] www.elhistoriador.es

[2] Historia del Comercio.- Enciclopedia Encarta.

[3] www.comunidadandina.org

[4] Historia del Comercio: Enciclopedia Encarta.

[5] Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio.

[6] Términos Usuales en el Comercio Exterior: Gonzalo Burbano G. .- Breve referencia a los términos más usados en el comercio exterior

[7] Términos Usuales en el Comercio Exterior: Gonzalo Burbano G.

[8] Términos Usuales en el Comercio Exterior: Gonzalo Burbano G.

[9] Términos Usuales en el Comercio Exterior: Gonzalo Burbano G.

[10] Términos Usuales en el Comercio Exterior: Gonzalo Burbano G.

[11] Términos Usuales en el Comercio Exterior: Gonzalo Burbano G.

[12] EL WARRANT UNA INSTITUCION QUE VUELVE INCOTERMS Y CREDITOS DOCUMENTARIOS.- ALFREDO C.ROFRIGUEZ.- EDICIONES MACCHI

CONVENCION DE VIENA 1980.

 

[13] EL WARRANT UNA INSTITUCION QUE VUELVE INCOTERMS Y CREDITOS DOCUMENTARIOS.- ALFREDO C.ROFRIGUEZ.- EDICIONES MACCHI

 

[14] LA COMPRAVENTA INTERNACIONAL.- IMPORTACIONE SY EXPORTACIONES. E. GUARDIOLA SACARRERA. EDITORIAL BOSCH

COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCADERIAS.- CONVENCION DE VIENA 1980. GARRO ZUPPI..- EDICIONES LA ROCCA.

 

[15] Convención de Viena

[16] Convención de Viena

[17] Convención de Viena

 

EL WARRANT UNA INSTITUCION QUE VUELVE INCOTERMS Y CREDITOS DOCUMENTARIOS.- ALFREDO C.ROFRIGUEZ.- EDICIONES MACCHI

 

[18] EL WARRANT UNA INSTITUCION QUE VUELVE INCOTERMS Y CREDITOS DOCUMENTARIOS.- ALFREDO C.ROFRIGUEZ.- EDICIONES MACCHI

 

[19] MANUAL DE IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES DEL ECUADOR. EDICIONES PUDELECO.

 

[20]

MANUAL DE EXPORTACIONES Y COMERCIO EXTERIOR.- DR. MARCELO GOTTIFREDI

CONTRATOS COMERCIALES MODERNOS. JUAN M. FARINA.

MANUAL DE IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES DEL ECUADOR. EDICIONES PUDELECO.

 

[21]

MANUAL DE IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES DEL ECUADOR. EDICIONES PUDELECO.

 

[22] MANUAL DE IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES DEL ECUADOR. EDICIONES PUDELECO.

 

[23]

MANUAL DE EXPORTACIONES Y COMERCIO EXTERIOR.- DR. MARCELO GOTTIFREDI

 

[24] MANUAL DE EXPORTACIONES Y COMERCIO EXTERIOR.- DR. MARCELO GOTTIFREDI

 

 

[25] Ley Orgánica de Aduanas.

MANUAL DE EXPORTACIONES Y COMERCIO EXTERIOR.- DR. MARCELO GOTTIFREDI

MANUAL DE IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES DEL ECUADOR. EDICIONES PUDELECO.

 

[26] Ley Orgánica de Aduanas.

[27] Ley Orgánica de Aduanas.

[28] Ley Orgánica de Aduanas.

[29] Ley Orgánica de Aduanas.

[30] Ley Orgánica de Aduanas.

[31] Ley Orgánica de Aduanas.

[32] Ley Orgánica de Aduanas.

[33] Ley de Comercio Exterior.

[34] Ley de Comercio Exterior.

[35] Convención de Viena

[36] Cuentos Chinos: Andrés Oppenheimer.