Oficializan cancelación de más de 300 mil CUIT de empresas fantasmas

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó hoy la baja de unas 318.000 sociedades fantasmas, que se utilizan mayoritariamente para evadir impuestos.

Lo hizo a través de la Resolución General 3358 publicada  hoy en el Boletín Oficial, que posibilitará la cancelación de 318.774 Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT) de “sociedades fantasma”; en su mayoría, firmas dedicadas al comercio, los servicios inmobiliarios, la industria manufacturera y la construcción.

Allí se especifica que la decisión abarca a las firmas inscriptas antes del 1 de enero de 2011, y busca “fortalecer” las acciones de control y “atacar” distintas maniobras.

La medida abarca desde las empresas creadas para funcionar como “carpetas” o “usinas” destinadas a facilitar la evasión fiscal, hasta aquellas que se utilizan para comprar inmuebles y así sacarlo del patrimonio de la persona por cuestiones de responsabilidad “o casos de maridos que quieren ocultarle el patrimonio a su mujer”.

La resolución precisa que quedan alcanzados los sujetos como las Sociedades Anónimas; las Sociedades de Responsabilidad Limitada; Sociedades Colectivas; Sociedades en Comandita Simple; Sociedades en Comandita por Acciones; Sociedades de Capital e Industria, y Contratos de Colaboración Empresaria.

El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, adelantó ayer que se cancelará la CUIT a más de 150.000 Sociedades Anónimas, y a unas 152.500 Sociedades de Responsabilidad Limitada.

Otras 16.000 restantes pertenecen a otros tipos societarios, como colectivas, comandita simple, comandita por acciones, de capital e industria, y contratos de colaboración empresaria.

En cuanto a los parámetros para cancelar a la empresa, el funcionario informó que se analizarán a las firmas que no registren altas en impuestos o regímenes, y a las que no hubieren presentado declaraciones juradas determinativas.

En el caso de que sí hayan presentado, se considerará si informaron ventas en el impuesto al Valor Agregado (IVA) o ventas/ingresos en Ganancias, y si cuentan con una nómina de empleados activos.

Echegaray precisó que 78 por ciento de las empresas canceladas no presentaron una Declaración Jurada; 21 por ciento no declaró empleados y 1 por ciento no estaba de alta en ningún impuesto.

El comercio es la principal actividad declarada por estas firmas, con 29 por ciento; 16 por ciento declaró dedicarse a la actividad manufacturera; 15 por ciento a los servicios inmobiliarios y 8 por ciento a la construcción.

La resolución señaló que “los sujetos” comprendidos por la medida, “serán evaluados periódicamente teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la fecha de inscripción ante la AFIP y el cumplimiento dado a la obligación de presentar las respectivas declaraciones juradas”.

En un comunicado del organismo tributario se informó que se notificará el listado de las empresas y CUIT a todos los organismos del Estado nacional y provincial, Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Registro de la Propiedad Inmueble, Inspección General de Justicia (IGJ) y Registros públicos de todas las jurisdicciones, Banco Central de la República Argentina, Comisión Nacional de Valores, empresas de servicios públicos (como por ejemplo Telecom, Telefónica, Aysa, Metrogas, Edenor y Edesur), municipios de todo el país, administraciones tributarias provinciales y de la Ciudad Autónoma de Bs As, Superintendencia de Seguros de la Nación, Superintendencia de Riesgo de Trabajo de la Nación y demás organismos nacionales, provinciales y municipales, y entidades autárquicas descentralizadas, entre otros.

 

Fuente: Presidencia de la Nación