Fijan valores criterio de importación para tejidos de algodón

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La AFIP estableció valores criterio de importación, de carácter preventivo, para tejidos de algodón con determinadas características, a fin evitar la evasión fiscal y la subfacturación, de acuerdo a una Resolución General publicada hoy en el Boletín Oficial.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció valores criterio de importación de carácter preventivo para tejidos de algodón con determinadas características, a fin de enfrentar la evasión fiscal y combatir la subfacturación.

Lo dispuso a través de la Resolución General 3345 publicada hoy en el Boletín Oficial, con la firma del titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.

Precisa que la decisión se tomó como resultado de una tarea de evaluación de riesgos. Los tejidos alcanzados son los que tienen un contenido de algodón superior o igual al 85 por ciento en peso; y de mezclilla («denim»).

Los países de origen citados en la medida son Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Uruguay.  También Corea Democrática, Republicana, China, Filipinas, India, Hong Kong, Indonesia, Malasia, Pakistán, Singapur, Taiwán, Tailandia, Vietnam, Sudáfrica, Finlandia, Hungría, Noruega, Polonia, Reino Unido, República Checa, Rumania, Rusia, Suecia, Suiza, Turquia, y Ucrania.

El artículo segundo de la Resolución General deja sin efecto otros valores criterios correspondientes a ligamentos de tafetán, crudos, tejidos de lana y urdimbre, entre otros. Las especificidades de los tejidos de algodón se publican como Anexo.