El AFC cómo nos ayudará, cómo impactará en las operaciones de comercio exterior

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por Rubén Marrero.-

El Acuerdo sobre Facilitación del Comercio (AFC) es el primer acuerdo comercial multilateral concertado desde que se estableció la OMC, entro en vigor a nivel mundial el 22 de febrero de 2017, luego que las dos terceras partes de los Estados Miembros de la OMC ratificaron su adopción.

 

Sus antecedentes son la Ronda de Uruguay (1993), LA Conferencia Ministerial de Singapur (1996), la Ronda de Doha (2001), EL Grupo de Negociación sobre Facilitación de Comercio de la OMC (2004) y la Conferencia Ministerial de Bali (2013).

 

Para comprender el AFC, partimos de la base que una facilitación de comercio efectiva debe incrementar la productividad de las aduanas, mejorar el cobro de los impuestos en las fronteras y ayudar a atraer inversiones extranjeras directas y es evidente que con la FACILITACIÓN se logrará simplificar, armonizar y automatizar los procedimientos aplicados al comercio mundial. Siempre con el objetivo de agilizar el movimiento, libramiento y despacho de mercaderías. Con eficiencia, eficacia y celeridad en los procedimientos; quienes actuamos y somos parte, de una u otra forma, desde el sector público o del privado, sabemos que la ineficiencia transfronteriza genera costos tanto directos como indirectos, además de no poder hacer previsibilidad al realizar las operaciones de importación y/o exportación.

 

Así el Acuerdo promete generar mayor TRANSPARENCIA y fluidez en todos los procedimientos aduaneros. Contempla disposiciones sobre ASISTENCIA TÉCNICA y a su vez la creación de capacidades en esa instancia. De esta manera, la obligación de aplicar el AFC quedó relacionada directamente a la capacidad de los miembros en desarrollo para su implementación. Contemplándose además, que la OMC preste asistencia y apoyo a este grupo de países, en el objetivo final de facilitar la aplicación total del AFC. De ahí que los países en desarrollo hayan notificado a la Secretaría de la OMC, los plazos en los que cumplirán con las diferentes cláusulas del Acuerdo, como también pedidos de asistencia técnica o financiera para logar la meta. Esta cuestión es fundamental para los países en desarrollo, es la medida justa, toda vez que cada miembro evalúa su capacidad para aplicar las medidas y los plazos establecidos para ponerlas en práctica.

 

El AFC ataca en forma directa los procedimientos técnico-operativos complejos y engorrosos, toda solicitud de documentación complementaria excesiva y que en la mayoría de las veces es repetitiva, las verificaciones e inspecciones que no corresponden, la discrecionalidad en la interpretación de la normativa y otras circunstancias problemáticas que se dan en el desempeño entre terceros organismos. De esta forma, el Acuerdo, ayudará a reducir los costos que hoy tanto preocupan e impactan a todos los operadores del comercio exterior, permitirá mejorar la concreción de negocios, y brindará mejor seguridad jurídica para captar mayores inversiones, algo que nuestro país necesita sobremanera.

 

El articulado del Acuerdo, trata de:

 

•             Publicación y disponibilidad de la información (Art. 1)

•             Observaciones y consultas (Art. 2)

•             Resoluciones anticipadas (Art. 3)

•             Procedimientos y Recursos de revisión (Art. 4)

•             Medios vinculados a la transparencia, imparcialidad y no discriminación (Art. 5)

•             Tributos y Sanciones (Art. 6)

•             Levante y despacho de los cargos (Art. 7)

•             Cooperación entre organismos fronterizos (Art. 8)

•             Traslados con control aduanero (Art. 9)

•             Formalidades de Importación, Exportación y Tránsito (Art. 10)

•             Libertad de tránsito (Art. 11)

•             Cooperación Aduanera (Art. 12)

 

Cabe destacar que nuestro país aún no ha depositado el instrumento de ratificación del Acuerdo, que la OMC requiere. A esos efectos el gobierno (PE) tiene en sus manos esa facultad constitucional en forma excluyente y consecuentemente necesita de la aprobación del texto por parte del Poder Legislativo. Así, el proyecto de ley de aprobación fue tratado ya en el Senado, pasando a Cámara de Diputados por lo cual entendemos que fue girado a la Comisión de Relaciones Internacionales y Culto y a la Comisión de Comercio.

 

Nos encontramos en un contexto donde los cambios son el motor que dinamiza nuestra actividad, nuestro país ya ha dado pasos contundentes en ese sentido como lo son la VUCE (Ventanilla Única de Comercio Exterior), y el SAOC (Sistema Aduanero de Operadores Confiables), pero se ha comenzado. Argentina muy pronto será la sede de la próxima Conferencia Ministerial de la OMC, que se realizará en el mes de diciembre, 164 ministros representantes cada uno de ellos de los países miembros, tratarán y debatirán importantes cuestiones, esperemos entonces preparados de la mejor manera el convite.

 

En fin, como todo cambio, requiere mucho sacrificio, porque la cuestión es encontrar FACILITACIÓN mediante el CONTROL, es decir hacer un CONTROL EFICIENTE, si todos nos comprometemos desde cada uno de nuestros lugares creando el ámbito propicio, tanto desde el sector público como privado, porque el Acuerdo llama a esos dos sectores a interactuar y hacer la sinergia necesaria, se podrá lograr el objetivo.

 

Rubén Marrero

Regional Customs Manager

Savino Del Bene – Buenos Aires

Lima 355/69 7º piso Of. “D”

C.A.B.A., (C1073AAG), Argentina

 

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