DJAI: Nuevas intervenciones – CODIGO «BI39-AFIP» – Instrucción General Nº 959/14 (DI PYNF)

0
109

 

La Dirección de Programas y Normas de Fiscalización de la AFIP a través de la Instrucción Gral. Nº 959/2014 sobre las DJAI ha incorporado una nueva intervención denominada código “BI39- AFIP” de la DGI a los efectos de realizar determinados controles.

Es decir que dentro de la herramienta informática denominada “VENTANILLA ÚNICA ELECTRÓNICA DEL COMERCIO EXTERIOR” donde se encuentra contenida la DJAI, ahora hay un nuevo control que sobre ellas realiza la DGI, pudiendo permanecer en análisis hasta diez (10) días corridos contados a partir de la oficialización las DJAI que se encuentran alcanzadas por ese código. En estos casos la DGI realizará determinados controles sistémicos, autorizando o rechazando la DJAI.

Las aéreas intervinientes, de la DGI, en este nuevo control son las siguientes:

ü Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior – Direcciones Regionales

· Divisiones de Investigación

· Divisiones de Fiscalización

ü Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas – Direcciones Regionales

· Divisiones de Investigación

· Divisiones de Fiscalización

ü Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales

· Dirección Fiscalización de Grandes Contribuyentes Nacionales

· Departamento Investigación Grandes Contribuyentes Nacionales

· Divisiones de Fiscalización

Algunos de los controles que se realizarán refieren a los siguientes motivos:

ü Antigüedad de inscripción en la AFIP

RO1 Sin antigüedad: la CUIT no registra antigüedad mayor o igual a 18 meses en el impuesto a las ganancias.

ü Relación Débito/Crédito Fiscal (saldo técnico del impuesto)

R02 Relación Débito/Crédito Fiscal: Se verificaron inconsistencias en relación al Crédito/Débito Fiscal.

ü Giros al exterior por pagos anticipados de mercadería/Despachos de importación

R03 Giros sin despachos: Se verificaron giros sin despachos de importación.

ü Relación Ventas/Giros al exterior

R04 Relación Ventas/Giros al exterior: Se verificaron inconsistencias en la relación ventas /giros al exterior.

Además por otros indicadores como el control del origen de los fondos para aplicar al giro del negocio, pueden aparecer los siguientes motivos:

ü R05 Bloqueado por la Dirección Regional: otros motivos

ü R06 CUIT con deuda exigible: se verifica la existencia de deudas exigibles ante la AFIP.

Cabe destacar que continua la forma de constatar el estado de las DJAI, es decir que se podrán observar los motivos de bloqueo citados precedentemente en la web de la AFIP en el MOA, en la carpeta “Gestión de la Declaración”, en la función “Intervenciones de Terceros Organismos”

En ese sentido y a los efectos de solucionar estos bloqueos, de darse los motivos R01, R02, R03, R04 y R05, se deberá concurrir a la Dirección Regional de jurisdicción del domicilio del contribuyente/importador.

En los casos del motivo R06, corresponderá presentarse en la Dependencia donde el contribuyente/importador se encuentre inscripto.

 

MÁS DETALLES DE LA RESOLUCIÓN VER ARTICULO: DJAI: Nuevas intervenciones – CODIGO “BI39-AFIP” – Instrucción General Nº 959/14 (DI PYNF) – Otros detalles

 

 

Rubén Marrero

Regional Customs Manager

Savino Del Bene – Buenos Aires

Lima 355/69 2º piso of. “D”

C.A.B.A., (C1073AAG), Argentina

Ph +54 11 4383-1768/1739 int 228 – Fax +54 11 4381-0041

E-mail: ruben.marrero@savinodelbene.com

Web: www.savinodelbene.com