Uruguay: Gobierno definió pautas de ordenamiento territorial y desarrollo para la región este

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El decreto “Estrategias regionales de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible de la Región Este” (Cerro Largo, Lavalleja, Maldonado, Rocha y Treinta y Tres) promueve la localización ordenada de la actividad agropecuaria, forestal, minera, pesquera, turística, energética, industrial y logística de forma de impulsarlas compatiblemente con el uso territorial y asegurar la sustentabilidad económica, social y ambiental.

El decreto firmado por el Presidente de la República, José Mujica, y el ministro de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA), Francisco Beltrame, está referido a los departamentos de Cerro Largo, Lavalleja, Maldonado, Rocha y Treinta y Tres. Su vigencia hasta 2030 fue definida con el fin de posibilitar el análisis prospectivo a largo plazo y la elaboración concertada y articulada de los instrumentos de ordenamiento a escala nacional, regional, departamental y local.


El objetivo es impulsar una planificación para el desarrollo sostenible del área, mediante el ordenamiento territorial y prever los procesos de transformación de uso u ocupación de la región este de Uruguay.


En el articulado que establece objetivos a mediano y largo plazo, se destaca la promoción de la localización ordenada de actividades agropecuarias, forestales, mineras, pesqueras, turísticas, energética, industriales y logísticas de forma de impulsarlas compatiblemente con los otros usos del territorio y asegurar la sustentabilidad económica, social y ambiental.

 


Agropecuarias

El texto dispone que se deben establecer áreas de uso para la localización ordenada de actividades agropecuarias en la región de acuerdo a sus capacidades, aptitudes y riesgos recurriendo a políticas de fomento, incentivos, restricciones y limitaciones; estimular y proteger la producción familiar en diferentes realidades socioproductivas; promover la conservación de los suelos y agua previniendo la erosión, desertificación y contaminación; y promover criterios en escalas territoriales para la convivencia de agricultores a partir de la coexistencia regulada de los cultivos transgénicos, convencionales y orgánicos. 


Forestales

Promueve la forestación industrial solamente en las áreas de prioridad forestal en el marco de la Ley N.° 15.939, así como el agregado de valor a la madera extraída; criterios para la localización ordenada de la forestación industrial atendiendo el interés general; y la concentración en el territorio de las áreas de nueva incorporación a la forestación o reforestar con el criterio de un uso racional de la infraestructura vial para el transporte de la producción forestal.


Mineras

Define el impulso de distritos de prioridad minera compatibles con otras actividades productivas y con las políticas nacionales, promoviendo la industrialización en la región; establece la aplicación de las condiciones de las buenas prácticas mineras para las explotaciones en el marco de la legislación nacional, de modo de garantizar el mayor equilibrio y mitigación de eventuales impactos negativos; y coordina la localización de las actividades vinculadas a la industria derivada de la extracción minera.


Logísticas, portuarias

Promueve la localización de actividades multipropósito que requieren profundidades para embarcaciones de gran calado en un punto de la costa oceánica, satisfaciendo demandas de alcance nacional e internacional; impulsa la localización de actividades en la Laguna Merín; potencia la articulación de las infraestructuras logísticas y portuarias existentes y futuras de la región promoviendo un funcionamiento compatible que no interfiera con el desarrollo turístico y los recursos ambientales.


Turísticas y pesqueras

Promueve el mejoramiento de la industria turística y el turismo alternativo entre otros paisajes de Sierra; consolida los circuitos regionales de turismo náutico y deportes acuáticos y promueve actividades asociadas con las áreas agropecuarias. Además regula y optimiza las áreas de pesca artesanal, deportiva e industrial y promueve el agregado de valor a los recursos acuáticos.


Energética

Fomenta la producción energética con participación de fuentes autóctonas en particular las renovables mediante el aprovechamiento del potencial regional a través de la instalación de parques eólicos, micro turbinas hidroeléctricas, paneles solares y plantas de biomasa.


El Capítulo IV define criterios e indicadores para la evaluación de proyectos y obras de grandes infraestructuras y equipamientos considerando la importancia estratégica regional y nacional, articulando con el Sistema Nacional de Inversión Pública.


Promueve el incremento de saneamiento primario en los centros urbanos, la formulación de un sistema integral de manejo de residuos sólidos, la consolidación del sistema vial de conexiones transversales para personas y bienes, la coordinación entre el Gobierno nacional e intendencias para construir y mantener rutas y caminos vecinales, el transporte por tren y de la Hidrovía Uruguay-Brasil y el funcionamiento de los Consejos Regionales de Recursos Hídricos.