Las exportaciones de cueros y pieles deberán ser oficializadas en aduanas especializadas

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En concordancia con los patrones dispuestos por la Organización Mundial de Aduanas (OMA), la AFIP resolvió que las destinaciones de cueros y pieles –partida 41.01– deberán ser oficializadas en las aduanas especializadas de Buenos Aires, Concordia, Córdoba y Ezeiza.

 

Siguiendo con las recomendaciones de la OMA respecto a evitar demoras injustificadas en la cadena logística de operaciones de comercio exterior de mercaderías consideradas escasas y sensibles, la AFIP resolvió que las destinaciones de exportación de Cueros y Pieles -Partida 41.01-deberán ser oficializadas únicamente en las denominadas aduanas especializadas de Buenos Aires, Concordia, Córdoba y Ezeiza.

La medida instaurada por la Resolución General N° 3523 (AFIP) -vigente a partir del 16 de septiembre de 2013-, pretende optimizar los controles efectuados tanto por la Aduana como también por otros organismos competentes en la materia, receptando las inquietudes de los representantes del sector generadas a partir del notable incremento de dichas exportaciones, quienes, cabe destacar, ya participan presencialmente en la verificación del servicio aduanero en el marco de la RG Nº 1.399 (AFIP).