Miel a granel: AFIP estableció nuevos valores referenciales para su exportación

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Lo normó a través de la RG 3514. Los agentes deberán priorizar el control de aquellas destinos cuyos precios sobrepasen el 10% del nuevo valor.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de la Resolución General N° 3514, estableció valores referenciales para la exportación de miel natural de abejas, a granel en envases de capacidad superior o igual a 300 kilogramos, con los destinos especificados en la sinopsis final.

La nueva normativa indica que los funcionarios del organismo deberán priorizar el control del valor en aquellas destinaciones de exportación cuyos precios declarados presenten un desvío mayor al 10% respecto del valor referencial establecido en 3,26 y 3,29 dólares por kilo, según el grupo de destino de la exportación.

A su vez, se deja sin efecto el valor referencial anteriormente fijado por la RG N° 3194.

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PAÍSES DE DESTINO DE LAS MERCADERÍAS

GRUPO 3

204 CANADÁ
212 ESTADOS UNIDOS

GRUPO 10

409 DINAMARCA
411 FINLANDIA
415 IRLANDA
416 ISLANDIA
320 JAPÓN
420 MALTA
422 NORUEGA
426 REINO UNIDO
429 SUECIA

GRUPO 11

438 ALEMANIA
406 BÉLGICA
410 ESPAÑA
412 FRANCIA
413 GRECIA
417 ITALIA
423 PAÍSES BAJOS
425 PORTUGAL

GRUPO 12

407 BULGARIA
449 ESLOVENIA
442 LITUANIA
424 POLONIA
427 RUMANIA
444 RUSIA
445 UCRANIA

 

Fuente: Administración Federal de Ingresos Públicos