LA ADUANA DE ECUADOR Y LA MODERNIZACIÓN UN DESEO DE TODOS

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LA ADUANA DE ECUADOR Y LA MODERNIZACIÓN UN DESEO DE TODOS

 

Ec. Mauro Vintimilla Castro

Como dijéramos en ¨ Aduanas y Comercio Exterior ¨ (  número 1, Ecuador 11 / 02 ), cuando hemos llegado ya al nuevo milenio, en nuestro país el aspecto jurídico se está reformando y, el sistema aduanero, no podía apartarse de esta reforma.

 

En la actualidad, cuando hablamos de procesos de desarrollo nacional y de políticas de integración económica, el comercio exterior constituye un factor estratégico lo que hace que sea imperativo la simplificación y armonización de los regímenes y formalidades aduaneras.

 

La simplificación de las formalidades aduaneras crece en importancia por que el desarollo y la integración en el país, esta exigiendo cada vez promover y facilitar el crecimiento del intercambio internacional de mercaderías, es decir, una aduana moderna.

 

El concepto de aduana moderna, es aquella aduana funcional regida por normas legales pero abiertas a la racionalidad.

 

Con ello quiero decir que debe tratarse de una aduana que además de ejercer las funciones aduaneras clásicas, debe tender a disciplinar actividades económicas que influyen en los procesos de desarrollo nacional y de integración económica internacional.

 

En este sentido, se debe crear una política aduanera, de tal manera que sus instrumentos principales sean coherentes con las políticas o modelo económico: Arancel, Acuerdos Internacionales, Legislación Aduanera, Tramitología Aduanera, Transporte Internacional, etc.

 

El sistema aduanero ecuatoriano, en un proceso de aduana

 

Moderna habrá de orientarse siempre en dirección al futuro y deberá actuar en armonía con las demás aduanas en los procesos de simplificación y harmonización de los regímenes aduaneros y del comercio exterior; para sólo así promover y facilitar la integración, y por supuesto el intercambio internacional.

 

En economías desarrolladas, las naciones modernas basaban, en inicio, su actividad aduanera en el sentido de regular la entrada y salida  de mercaderías para alcanzar sus objetivos económicos y utilizaban como instrumento regulador del comercio internacional: el arancel de aduanas, los recargos o sobretasas arancelarias y otros impuestos especiales.

 

Pero este uso del arancel de aduanas, en sus primeras etapas, tenía como fin ser fuente de ingresos para el fisco y por lo tanto la finalidad fiscal del arancel tenía un carácter de efecto más que de causa, y es por eso que cuando hablamos de integración internacional, deberá la política aduanera fiscal cambiar a una política aduanera integracionista y crear la necesidad de establecer un arancel común aplicable a las importaciones de los países con los que se trate esta integración.

 

Otro de los instrumentos que debe utilizar la aduana en su modernización son los Convenios Aduaneros Internacionales que buscan simplificar, normalizar, agilizar y armonizar las formalidades aduaneras con miras a facilitar el comercio internacional y contribuir eficazmente a su desarrollo.

 

Por otra parte, es necesario en la modernización aduanera que se vaya actuando con el fin de alcanzar una armonización entre las legislaciones aduaneras al menos de los países que integran la CAN, teniendo muy en cuenta que estamos aproximándonos  vertiginosamente al ALCA. Esto es muy importante tomarlo en cuenta por que la falta de esta armonización en la aplicación de las formalidades legales aduaneras constituye una traba para el desarrollo de los intercambios internacionales; tomando en  consideración que en la gran mayoría de casos, las Autoridades aduaneras de cada país aplican medidas de control y procedimientos nacionales tradicionales que implican mayores gastos y obligaciones, dificultando así la circulación de las mercancías que va en detrimento del desarrollo y de la integración.

 

En nuestra legislación aduanera, se ha introducido en el Art. 76  de la Ley Orgánica de Aduanas, para la solución de controversias, reclamos y recursos, que se podrá acudir al arbitraje, con sujeción a lo dispuesto en la Ley de arbitraje y mediación.

 

En una Aduana moderna, cuando tenemos un modelo económico con una agenda nacional de competitividad, la aplicación de los Regímenes Aduaneros Especiales debe ajustarse a las necesidades y objetivos económicos del comercio internacional, puesto que son los medios adecuados para la expansión del intercambio comercial dentro de las mejores condiciones. En este aspecto tenemos el Decreto 2528, que es el procedimiento para la devolución de los impuestos al comercio exterior pagados en la importación de insumos incorporados en productos exportados (DRAWBACK).

 

También se ha dado importancia a la implementación de las Zonas Francas, como Régimen Especial Aduanero, contribuyendo al desarrollo del país; las mismas que entre otras tenemos en Machala y Cuenca.

 

Dentro de la modernización del sistema aduanero ecuatoriano que trata de simplificar y acelerar la tramitación aduanera, se ha implementado el Sistema Interactivo de Comercio Exterior (SICE), un gran paso en la modernización aduanera, pero es necesario que tenga un funcionamiento eficaz y a su vez llegue a todos los distritos Aduaneros del país, no es dable que, como otras obras de carácter gubernamental, solo lleguen y se beneficien en determinadas provincias o Distritos, esto me permito decir porque hasta el momento de entrega de este articulo, al menos a los distritos de Cuenca y Huaquillas no llega la modernización del SICE; no se puede descuidar cuando hablamos de integración a un Distrito Fronterizo, y cuando hablamos de  desarrollo a un Distrito, aunque interno, que es productivo y también genera tributos. Por lo tanto, deberá dárseles la importancia que se merecen.

 

Eco. Mauro Vintimilla Castro

Atamavic@etapa.com.ec

Marzo 2004